![En qué casos y cómo puedes recurrir una multa de aparcamiento](https://s3.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/202202/25/media/cortadas/multa-kWaC-U1601117882730gTB-1248x770@La%20Verdad.jpg)
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Domingo, 27 de febrero 2022, 19:50
¿Alguna vez te han puesto una multa de tráfico? Es probable, porque el informe de Automovilistas Europeos Asociados de 2020 estima que el número diario de multas que la DGT interpone es de 10.000. Sin embargo, no todas ellas llegan hasta el final, pues se calcula que aproximadamente la mitad son finalmente anuladas total o parcialmente en los casos en los que el usuario decide recurrir la sanción, si no la ha cometido o si le ha sido notificada de forma incorrecta. Las más comunes son las multas de aparcamiento, cuyo importe puede ascender a los 200 euros. ¿Quieres saber en qué casos y cómo puedes recurrir este tipo de sanciones?
Solo se recomienda recurrir una multa cuando presenta algún error, porque de lo contrario, si no ganas el recurso, el principal inconveniente es que se pierde la opción de beneficiarte del 50% de descuento que puedes aplicar por pronto pago. Estos son los casos en los que recurrir una multa se puede convertir en victoria:
- Si la notificación tiene información errónea o incompleta.
- Si el agente que puso la sanción no está debidamente identificado.
- Si no hay pruebas de la sanción: aunque no haya fotografía, la palabra de un agente es perfectamente válida, pero si se trata de alguien sin autoridad, como un operador de zona azul, no se considerará una prueba.
- Si las señales de 'prohibido aparcar' de la zona donde se interpuso la multa no son claramente visibles.
- Si la multa ha prescrito, porque ha pasado un plazo de tres meses para faltas leves o de seis en los casos graves o muy graves sin que la Administración haya resuelto el recurso. En este caso, ya no será necesario el pago de la multa.
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Una vez que recibes una multa de aparcamiento, tienes un plazo de 20 días naturales para recurrirla si se cumplen uno de los supuestos anteriores. Si decides presentar el recurso, hay tres maneras de hacerlo. En primer lugar, es posible recurrir a través de internet, mediante la sede electrónica de la DGT o en el Registro Electrónico de la Administración Pública. También puedes hacerlo por correo postal, enviando una alegación a la Jefatura de Tráfico a la que pertenezca la sanción o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas. Por último, la vía presencial permite el trámite en cualquier oficina de Tráfico, pidiendo cita previa.
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