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Aunque por norma general llevar el maletero abierto mientras conduces está prohibido, la Dirección General de Tráfico (DGT) contempla un caso donde está permitido y no te pueden sancionar. Desde la Revista Tráfico y Seguridad Vial de marzo de 2022 han resuelto las dudas respecto a esta cuestión en la edición que se centra en las novedades que trae la ley de Tráfico con multas nuevas.
Muchos conductores se habrán visto en un apuro cuando han salido de viaje y el equipaje ocupaba más del espacio que admite su maletero. Una tarea que se puede convertir en un rompecabezas para que todo encaje como si de un tetris se tratara. Algunos optan por circular con el maletero abierto hasta arriba, una imagen que habrás podido ver en carretera. Pero aquí no hay duda de que no está permitido, ya que se atenta contra seguridad vial. Así, conlleva una multa de 200 euros y la retirada de hasta 3 puntos del carné de conducir.
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Sin embargo, si simplemente has tenido que transportar cualquier objeto que no cabía en el coche por solo unos centímetros puedes librarte de ser sancionado. Con un caso de un lector la DGT explica las condiciones para poder conducir con el maletero abierto. Este usuario cuenta que transportó unos tableros en su coche con la puerta del maletero abierta «cuatro centímetros» y asegurada a la bola del remolque. Aun así, relata que los agentes de la Guardia Civil le avisaron que podría recibir una multa. Por eso, pregunta: ¿Si la carga no sobresale, el portón puede ir abierto?
Y la DGT responde que, según el art.15.3 del RGC, «la carga puede sobresalir por la parte posterior de un vehículo, hasta un 15% cuando es indivisible». Pero Tráfico advierte de cuáles son las condiciones para poder ir con el maletero abierto. «La carga debe estar sujeta para no desplazarse, no comprometer la estabilidad del vehículo u ocultar los dispositivos de alumbrado».
Solo en este caso no te pueden multar. En el momento que la carga comprometa la seguridad en la conducción se entiende como una práctica peligrosa.
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