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El Tribunal Supremo ha dado un vuelco a la causa por presunta responsabilidad contable en la desaladora de Escombreras, promovida en la etapa ... de Valcárcel, ya que obliga al Tribunal de Cuentas a reabrir el caso que archivó injustificadamente en mayo de 2018. En una sentencia dictada el pasado día 11, el alto tribunal acepta el recurso de casación que interpuso la Fiscalía, por lo que la investigación contable vuelve al punto de partida. Ahora serán el Ministerio Fiscal y la Comunidad Autónoma, que está personada, los que muevan ficha: pedir que siga el proceso y se abra juicio contable por posible daño a las arcas regionales, solicitar la suspensión o el archivo definitivo.
Técnicamente, el caso se encuentra en la situación de archivo provisional, mientras no se solicite la continuación del procedimiento o se produzca la caducidad. El argumento de fondo es que el Tribunal de Cuentas tenía que haber esperado al levantamiento del secreto de las diligencias penales del 'caso La Sal' antes de archivar las actuaciones sobre la posible existencia de indicios de responsabilidad contable. El 'caso La Sal' lo lleva el juzgado número 5 de Murcia contra quince investigados, entre ellos el exconsejero Antonio Cerdá, por presunta malversación y daños a las arcas públicas.
Los indicios de responsabilidad contable -que pudieran ser atribuidos a algunos ex altos cargos del Gobierno regional en la etapa de Valcárcel- radican en las dos operaciones de compra de la sociedad mercantil regional Desaladora de Escombreras SAU, dependiente de la Comunidad Autónoma; y en la operación patrimonial que concluyó con el subarriendo de una parcela en el Valle de Escombreras en la cual se edificó la planta desaladora, y que formaba parte del patrimonio de la Administración autonómica.
Sobre estos hechos, se abrió un procedimiento de reintegro por alcance que fue archivado por el Tribunal de Cuentas, una decisión que ahora anula el Supremo. Tales procedimientos pueden derivar en un juicio contable, y en última instancia en una responsabilidad económica y patrimonial de las personas físicas que causaron daño al erario público, en este supuesto con la operación de la desaladora.
El Ente Público del Agua, ya desaparecido, montó un entramado societario para alquilar la desaladora de Escombreras al grupo ACS, presidido por Florentino Pérez, con un contrato de arrendamiento que obligaba a las arcas autonómicas a pagar 600 millones de euros en un periodo de 25 años por una desaladora mediana que no supera los 20 hectómetros cúbicos al año. La Comunidad sigue haciendo frente a los pagos, y en este ejercicio presupuestario hay una consignación de 21 millones de euros, a la que hay que restar la venta de agua.
Un aspecto relevante de la sentencia del Tribunal Supremo es la «sorpresa» que muestra por la actuación del Tribunal de Cuentas en la instrucción de esta causa y el consiguiente archivo, con el que al parecer se precipitó. Tanto la resolución de la consejera de la Sección de Enjuiciamiento -diciendo que no había daño al erario público y que por lo tanto no se abría juicio contable-, como el auto del Tribunal de Cuentas que respaldó dicha decisión, son dos actuaciones que se produjeron antes de que se cumpliera uno de los requisitos que el propio organismo fiscalizador había fijado: conocer el contenido del sumario del 'caso La Sal' y la decisión que tomara al respecto el juzgado de Instrucción número 5 de Murcia sobre los ex altos cargos investigados.
Los magistrados del Supremo subrayan que el Tribunal de Cuentas varió de rumbo con la desaladora de Escombreras que promovió el Gobierno regional (hizo «un cambio sustancial no justificado», dicen literalmente). Estaba en juego nada menos que un «procedimiento de reintegro por alcance», ante la posible existencia de indicios de responsabilidad contable. Algo que destacó y detalló previamente la Intervención General de la Comunidad Autónoma.
Fue la propia Fiscalía del Tribunal de Cuentas la que recurrió ese archivo ante el Tribunal Supremo, y no la Comunidad Autónoma, aunque estaba personada. Admitido ahora el recurso de casación, el procedimiento contable vuelve a estar vivo y en el punto de partida. Las partes tendrán que pronunciarse en tres sentidos: solicitar que se abra juicio contable; que se suspenda (a la espera de la resolución de la vía penal); o que se archive definitivamente. Si fue el fiscal quien recurrió, es posible que solicite la continuación del proceso. Las otras partes personadas son la propia Comunidad Autónoma y la representación de la mercantil Desaladora de Escombreras, que también defiende la Comunidad puesto que fue comprada con dinero público a resultas de ese entramado societario que se trata de aclarar.
También juega un papel importante el devenir del 'caso La Sal' y la pieza separada en los juzgados 5 y 1 de Murcia.
El Tribunal Supremo ordena que «deben retrotraerse las actuaciones al momento inmediatamente anterior al auto de 16 de octubre de 2017». Ese auto lo dictó la consejera de la Sección de Enjuiciamiento que instruyó las actuaciones, la cual consideró que de modo manifiesto e inequívoco no había responsabilidad contable y por lo tanto no procedía incoar juicio. «Ni siquiera se aprecian indicios de responsabilidad contable en las actuaciones denunciadas que hayan podido ocasionar un daño real, efectivo e individualizado en los fondos públicos, ni que hayan podido dar lugar a un presunto ilícito contable», indicó. Esas conclusiones se consideran ahora anuladas.
Los magistrados de la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo reprochan a la Sala del Tribunal de Cuentas que avalara el informe de la instructora y que diera carpetazo al caso. Consideran esta decisión «sorprendente» y contradictoria, puesto que el Tribunal de Cuentas había concedido a la Fiscalía y a la Comunidad Autónoma dos plazos de suspensión del procedimiento, a la espera de las actuaciones que se siguen en el Juzgado de Instrucción 5 de Murcia por la desaladora. Añaden asimismo que el proceder del Tribunal de Cuentas «comporta un cambio sustancial no justificado».
«Cuando se han establecido sendos plazos de suspensión de 60 días, a la espera de tal alzamiento del secreto de las actuaciones penales, es porque se consideraba esencial tal conocimiento para adoptar cualquier resolución al respecto», señala la sentencia, en referencia al 'caso La Sal'.
«Si de modo manifiesto no había responsabilidad contable», argumenta el Tribunal Supremo en su fallo, «debería haberse inadmitido tras recibir y examinar las actuaciones. No tiene mucho sentido establecer dos plazos sucesivos de 60 días para tener un adecuado conocimiento de los hechos, cuando manifiestamente concurre una inexistencia de responsabilidad contable».
En octubre de 2016, la instructora designada por el Tribunal de Cuentas para investigar si hubo responsabilidades contables en la desaladora de Escombreras, promovida por el Gobierno regional, solicitó las identidades de los altos cargos que formaron parte, entre los años 2006 y 2010, de los consejos de administración del Ente Público del Agua (EPA) y de la sociedad instrumental Hidronostrum. Esta se constituyó como el eslabón entre dicho organismo y la empresa Hydro Management, controlada por ACS y con participación de un grupo de empresarios de la Región, que fueron quienes tuvieron originariamente la concesión para construir y explotar la desaladora para fines industriales en el Valle de Escombreras.
El Tribunal de Cuentas se dirigió a la Comunidad Autónoma para que le informara de los DNI y los domicilios de una veintena de ex altos cargos de la etapa de Valcárcel, cuando se impulsó ese proyecto. El Consejo de Administración del EPA se constituyó en noviembre de 2006 con la integración de altos cargos de la Comunidad. Además de Antonio Cerdá, que presidía el ente, estaba como vicepresidente Juan José Beltrán, entonces secretario general de la Consejería de Economía y Hacienda. Como vocales figuraban los directores generales de Administración Local, Diego Cola; de Calidad Ambiental, Antonio Alvarado; del Agua, Miguel Ángel Ródenas; de Obras Públicas, Diego Pardo; y de Turismo, José Manuel Ferrer; así como el alcalde de Mazarrón, Francisco Blaya, en representación de la Federación de Municipios. Algunos fueron relevados después. Como secretario figuraba el abogado Andrés Arnaldos Cascales. El Consejo de Administración de Hidronostrum se constituyó en el año 2007, con Amalio Garrido Escudero como gerente.
Indicios de responsabilidad
Un informe especial que realizó en el año 2015 la División de Intervención y Fiscalización de la Comunidad, por encargo del interventor general, apreció la existencia de indicios suficientes de responsabilidad contable, algunos en la modalidad de alcance de fondos públicos. Indicó que el Ente Público del Agua pudo haber incurrido en responsabilidades contables cuando dio el visto bueno a la compra de las acciones de la Desaladora de Escombreras entre los años 2006 y 2010, lo cual obligó a las arcas públicas a asumir unos compromisos financieros durante veinte años por las obligaciones contractuales derivadas del contrato de arrendamiento. Ese montante era de 445,5 millones de euros, al que había que sumar otros 72 millones ya desembolsados, más el pago de las acciones y la restitución de los desequilibrios patrimoniales. Todo por valor de 535 millones de euros, al menos.
El Ejecutivo autonómico remitió entonces toda la documentación al Tribunal de Cuentas para que determinara las responsabilidades contables.
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