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Detalle del ramo y del vestido de una novia. Fotolia
La cifra de divorcios desde 2007 suma casi 42.000, frente a los 57.000 matrimonios

La cifra de divorcios desde 2007 suma casi 42.000, frente a los 57.000 matrimonios

La mayoría de los procesos de ruptura se cierran por acuerdo de los cónyuges, un 56% según los datos del Poder Judicial

Jueves, 16 de agosto 2018, 07:14

Una de esas frases célebres que, con razón o sin ella, se atribuyen a Groucho Marx sostiene con lógica implacable que «la principal causa de divorcio es el matrimonio». Y lo cierto es que nadie podrá negar que, de no haber pasado antes por el altar o el Registro Civil para formalizar su unión ante Dios o la Justicia, los 41.984 matrimonios que desde 2007 han venido acudiendo a los tribunales murcianos para certificar la ruptura jamás habrían atravesado por tan duro trance.

La cifra de casi 42.000 separaciones o divorcios resulta de por sí bastante elevada, incluso sin necesidad de recordar que ello supone que cerca de 84.000 personas han pasado por esa situación, en poco más de un decenio y en una región como la de Murcia cuya población no llega a sumar un millón y medio de habitantes.

Pero el dato -obtenido de la estadística oficial publicada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)- adquiere su verdadera dimensión si se compara con las uniones matrimoniales registradas en ese mismo periodo. Así, según los informes anuales del Instituto Nacional de Estadística, los matrimonios civiles o religiosos registrados desde 2007 en territorio murciano han sumado 57.102. Si ambas cifras se someten a un mero ejercicio de comparación o contraposición, lo que resulta es que por cada cuatro uniones matrimoniales que se han producido en los últimos once años han llegado a los tribunales tres demandas de separación o divorcio.

La mayor fuente de conflictos está en las modificaciones de medidas, que se instan cuando han cambiado las circunstancias en las que se fijaron la pensión, la custodia de los hijos...

En puridad, ello no significa que tres de cada cuatro nuevos matrimonios se acaben separando en un plazo más o menos breve, ya que un porcentaje indeterminado de esas rupturas afectan a parejas que podían llevar casadas incluso varias décadas. Lo que sí es cierto es que en el tiempo que el Registro Civil formaliza cuatro nuevas uniones, los juzgados de Familia y de Primera Instancia registran tres peticiones de ruptura de la convivencia.

Sostienen los especialistas en cuestiones de Derecho de Familia que el verano, tradicionalmente considerada la estación propicia para vivir los más apasionados amoríos, es paradójicamente el periodo en el que más rupturas de pareja se producen. Lo cual se explicaría porque durante los meses laborales las respectivas obligaciones de ambos cónyuges apenas dejan margen para nada más, pero con los periodos vacacionales la convivencia se estrecha y, con ello, acaban aflorando y manifestándose en toda su crudeza las razones que justificarían la ruptura de la relación.

De tal manera que julio, agosto y septiembre serían los meses en los que se tomaría la decisión, y octubre, noviembre y diciembre aquellos en los que la demanda de separación o divorcio. Y aunque esta teoría tiene poco de científica, la estadística del Consejo General del Poder Judicial parece apuntar en esa línea, pues en todos los casos la cifra de demandas presentadas en los tribunales en el último trimestre del año supera en más de un 30% a las interpuestas en el tercer trimestre (aunque hay también que tener en cuenta que agosto es prácticamente un mes inhábil para los juzgados).

La crisis empieza a superarse

La estadística también parece indicar que los efectos de la crisis económica, que tantos estragos causó en tantos y tan diversos ámbitos económicos y sociales, empiezan a superarse también en este aspecto. No solo en el de las bodas, que podría decirse que la tendencia fue a la baja ante las dificultades que les sobrevinieron a muchas personas. También en el capítulo de las separaciones y divorcios, cuyo número habría disminuido ante la constatación de que en época de vacas flacas es más recomendable permanecer unidos, incluso estando mal avenidos, que dividir la escasez entre dos.

De tal forma que en los últimos cuatro años se observa un repunte de los matrimonios, después del desplome en picado que sufrieron a partir de 2007, mientras que la cifra de divorcios alcanzó su punto álgido en 2014 y en la actualidad ya se ha estabilizado en los niveles de hace diez años.

Rupturas 'civilizadas'

Los datos publicados por el CGPJ permiten además hacerse una idea acerca del nivel de conflictividad que llevan aparejados estos procesos de ruptura. Quizás en contra de la creencia más común, la mayoría de las separaciones y divorcios se cierran en el juzgado con el acuerdo mutuo de los cónyuges, aunque ello no quiere decir que la negociación previa haya estado exenta de fuertes tensiones. El total de separaciones y divorcios consensuados asciende desde 2007 a 23.466 (el 56%), mientras las rupturas no consensuadas se elevan a 18.518.

Algunas fuentes conocedoras de estos procesos advierten, sin embargo, de que estas cifras son «engañosas», pues separaciones significativamente conflictivas acaban resolviéndose 'in extremis' en la sala de vistas, después de que el juez inste a las partes a esforzarse para alcanzar un acuerdo. «Muchas personas acaban plegándose, a desgana, aplicando el conocido principio de que más vale un mal acuerdo que un buen pleito», señalan.

Especialmente significativo resulta constatar que la mayor causa de enfrentamiento se deriva de las modificaciones de medidas, que en todos los casos promueve alguno de los antiguos cónyuges, y la inmensa mayoría de las cuales acaba dando origen a un proceso contencioso. Y es que los artículos 90 y 91 del Código Civil establecen que los acuerdos fijados en un proceso de separación, bien por acuerdo mutuo o por resolución de un tribunal, podrán ser modificadas judicialmente o por un nuevo convenio regulador «cuando se alteren sustancialmente las circunstancias» que se daban en aquel momento.

Como ilustra el letrado Jaime Sánchez-Vizcaíno, fundador en 1998 y durante varios años presidente de la Sección de Abogados de Familia del Ilustre Colegio de Murcia, tales variaciones de las circunstancias pueden ser tan diversas como que los hijos a quienes se está pasando una pensión alimenticia se hayan incorporado al mercado laboral, que el cónyuge que está recibiendo una pensión compensatoria esté conviviendo con una nueva pareja, que la persona que está pagando tales pensiones haya perdido el trabajo o se haya jubilado, que tenga ahora la posibilidad de asumir la custodia de los hijos...

Ese intento de cambiar a posteriori las bases inicialmente fijadas en la separación o el divorcio rara vez se asume de buen grado por el cónyuge que no promueve el cambio de reglas, sostiene Sánchez-Vizcaíno atendiendo a su dilatada experiencia y vienen a confirmarlo los datos estadísticos del CGPJ. No en vano, de los 18.740 incidentes de modificación de medidas que han llegado a los juzgados murcianos en los últimos once años, en apenas 2.007 casos (el 10,7%) hubo consenso de ambas partes. En el resto tuvieron que ser los jueces de Primera Instancia quienes decidieran si era o no de justicia fijar nuevas reglas entre esas dos personas que un tiempo atrás, quizás lejano, decidieron unir sus destinos y que al cabo, por la razón que fuera, acabaron tomando caminos diferentes.

Y es que, como algunos matrimonios, hay divorcios que amenazan con mantener enfrascados a los cónyuges «hasta que la muerte los separe».

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