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Ana de Dios
Viernes, 31 de enero 2025, 12:43
Cuando un conductor tiene un accidente o problema en la carretera, lo habitual hasta ahora ha sido ver los triángulos de emergencia colocados sobre el asfalto. Sin embargo, esta imagen cambiará a partir del 1 de enero de 2026. Desde esa fecha, los triángulos de emergencia dejarán de estar permitidos y serán sustituidos por las luces V-16, un dispositivo diseñado para mejorar la seguridad vial al evitar que el conductor tenga que salir del vehículo para señalizar la emergencia.
Con este nuevo sistema, bastará con sacar el brazo por la ventanilla y colocar la baliza luminosa sobre el techo del coche. El objetivo principal de su implementación es reducir el riesgo de atropello al conductor por parte de otros vehículos.
Según la Dirección General de Tráfico (DGT), la luz V-16 es una pequeña baliza amarilla equipada con conectividad y capaz de emitir una luz de alta intensidad, visible en 360º, de forma intermitente y continua durante al menos 30 minutos. Este dispositivo funciona con una pila o batería con una vida útil mínima de 18 meses.
Para su correcto uso, se recomienda llevarlo en la guantera del vehículo. En caso de accidente o avería, el conductor podrá activarlo rápidamente y colocarlo en el techo del coche. Además de emitir una señal luminosa de advertencia, la luz V-16 estará conectada a la plataforma DGT 3.0, lo que permitirá transmitir en tiempo real la ubicación exacta del vehículo, avisando automáticamente a otros conductores de la situación.
A partir de 2026, será obligatorio que todos los vehículos que circulen por España dispongan de este dispositivo para su uso en caso de emergencia. España será el primer país de la Unión Europea en exigir el uso de las luces V-16, y la DGT ha publicado una instrucción para aclarar las condiciones de su aplicación, especialmente en situaciones de circulación internacional.
La instrucción detalla que, aunque las luces V-16 serán obligatorias en España para vehículos matriculados en el país, se contempla una excepción para vehículos extranjeros que circulen de manera temporal. «Aquellos vehículos matriculados en otros países y que se encuentren en España en situación de 'circulación internacional' estarán cumpliendo la normativa si portan, o si utilizan en caso de ser necesario, los triángulos de preseñalización de peligro o cualquier otro dispositivo de análoga funcionalidad implementado en la normativa del país de origen», aclara la DGT.
Asimismo, los vehículos matriculados en España no incurrirán en ilegalidad si emplean las luces V-16 en otros países donde aún no se haya implementado su obligatoriedad.
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