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Algunos trabajadores están exentos de hacer horas extras. fotolia
Qué trabajadores están exentos de realizar horas extras

Qué trabajadores están exentos de realizar horas extras

El Estatuto de los Trabajadores recoge las condiciones para quedarse más tiempo una vez acabada tu jornada laboral

Martes, 11 de octubre 2022, 10:16

Quedarse durante más tiempo después de tu jornada laboral es una opción que contemplan algunos trabajadores. Las denominadas horas extraordinarias son aquellas que se realizan fuera de tu horario habitual y están remuneradas con la misma cuantía de una hora ordinaria, más en algunos casos, pero nunca podrá ser inferior. También pueden ser compensadas con días de descanso.

El Estatuto de los Trabajadores recoge que las horas extraordinarias son de carácter voluntario, pero se pueden convertir en obligatorias si así se ha pactado previamente mediante convenio colectivo o, en su defecto, en el contrato individual. Cuando no existe dicho acuerdo el artículo 35 señala que «se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización».

En cuanto a las condiciones de las horas extraordinarias, el tiempo de trabajo fuera de tu horario laboral no puede exceder las 80 horas al año, salvo en situaciones excepcionales que se exponen en el artículo 35. Uno de sus apartados recoge que «no se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes». También en estos casos los trabajadores serán compensados económicamente o con días libres.

Quién está exento de hacer horas extra

Aunque hacer horas extra se trata de una decisión del propio empleado, como se ha mencionado anteriormente, esta puede ser una de las condiciones firmadas en el contrato que obligaría, por tanto, a realizarlas. Sin embargo, los menores de 18 años tienen prohibido realizar horas extra en cualquier caso.

Por otro lado, hay trabajadores que están exentos de cumplir con horas extra salvo en situaciones «para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes». Estos son los casos que recoge el Estatuto de Trabajadores:

- Las personas contratadas con contrato de formación en alternancia no podrán realizar horas complementarias ni horas extraordinarias. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos

- Las personas contratadas con contrato de formación para la obtención de práctica profesional no podrán realizar horas extraordinarias.

- Los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias.

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