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Una empleada del hogar en una foto de archivo. LV
La Seguridad Social manda un aviso a quienes tienen contratadas empleadas del hogar

La Seguridad Social manda un aviso a quienes tienen contratadas empleadas del hogar

Se trata de un trámite que deberán realizar de forma obligatoria todas las familias que tengan alguna empleada para hacer las tareas de la casa

LA VERDAD

Lunes, 22 de febrero 2021

La Seguridad Social recuerda a las familias que tengan contratadas empleadas del hogar que deben actualizar sus retribuciones de acuerdo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Este colectivo deberá comunicar el cambio en el sueldo de sus empleadas a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes del 31 de marzo adjuntando la información real desde el 1 de enero de 2021.

Cabe recordar que si bien el salario es acordado por el empleador y el trabajador, en ningún caso puede ser inferior al SMI vigente, que se ha visto incrementado recientemente. Es decir, para este ejercicio, el sueldo de una empleada del hogar no puede ser inferior a 1.108,33 euros mensuales si tienen contrato a tiempo completo, incluyendo en esta cantidad las pagas extraordinarias si están prorrateadas.

Desde la Seguridad Social aclaran que si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se debe declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias. A esta circunstancia se le suma la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias, como son el alojamiento o la manutención, que constituyan el salario del empleado del hogar.

Desde la Seguridad Social acalaran que a partir del 1 de abril, si el empleador no ha declarado el salario actual se iniciarán las inspecciones por parte de la Inspección de Trabajo, lo que puede conllevar sanciones.

Comunicar cambio de sueldo a la Seguridad Social

Para comunicar un cambio de salario se pueden seguir los pasos a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social:

- Usando el certificado electrónico o con sistema Cl@ve, existe un apartado llamado 'Variaciones/correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados del hogar', dentro de la sección 'Ciudadanos'.

- También se puede hacer con el Modelo TA.2/S-0138, de 'Solicitud de alta, baja o variación del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General - Sistema Especial para empleados del hogar', que se puede descargar aquí. Se puede remitir cumplimentado en el formulario habilitado por la Seguridad Social.

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