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Mónica millán valera
Miércoles, 20 de octubre 2021, 15:29
El precio de la luz está disparado y constantemente marca un nuevo récord. Las familias más vulnerables tienen disponible el bono social de la electricidad para poder hacer frente a las elevadas facturas. Se trata de un descuento que varía según los ingresos de los consumidores.
Además, el Gobierno de España, tras los efectos de la Covid-19 en los bolsillos de muchos ciudadanos, amplía a más personas la posibilidad de solicitar este bono social de eletricidad. Además de los consumidores más vulnerables, también podrán pedirlo personas en situación de desempleo, afectadas por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o los empresarios que hayan sufrido una bajada sustancial de los ingresos.
Uno de los requisitos imprescindibles para solicitar el bono social de la electricidad es tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual. Este PVPC es el tipo de contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
Asimismo, se tiene que tener una potencia igual o inferior a 10kW y un contrato con las comercializadoras de referencia. Si tienes contratada la luz con alguna de estas empresas podrás pedir el bono social:
- Endesa
- Curenergía
- GAS & POWER
- Baser
- RÉGSITI
- COR Energético
- Teramelcor
- Energía Ceuta XXI
Por otro lado, se debe cumplir con unos requisitos personales, familiares y de renta. En este caso, se divide a los consumidores en diferentes grupos y cada uno dispone de un descuento distinto.
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A los consumidores vulnerables se le aplica un 25% de descuento en la factura de la luz. Para solicitar esta reducción en el precio se deben cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
- Cuando no hay un menor en la unidad familiar, la renta anual ya sea individual o conjunta a la que pertenezca debe ser menor o igual a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas. Esta cifra se establece en 11.862,90 euros.
- Cuando hay un menor en la familia la renta anual ya sea individual o conjunta a la que pertenezca debe ser menor o igual a 2 veces el IPREM de 14 pagas. La cifra se marca en 15.817,20 euros.
- En caso de que haya dos menores, la renta anual ya sea individual o conjunta a la que pertenezca debe ser menor o igual a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas. Aquí, la cifra es de 19.771,50 euros.
- Si dispones del título de familia numerosa también podrás ser beneficiario del bono.
- Aquellas personas que formen parte de una unidad familiar que sus ingresos provenga de la pensión del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente). Se debe percibir la cuantía mínima y no ser beneficiario de otros igresos que superen los 500 euros al año.
-También se recoge en este descuento del 25% a aquellas personas que reúnan alguna de las siguientes circunstancias especiales: tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%; ser víctima de violencia de género; ser víctima de terrorismo; estar en una situación de dependencia reconocida de grado II o III; o acreditar que que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor
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Este grupo de usuarios dispone de un 40% de descuento. Para solicitar esta rebaja se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Percibir una renta anual igual o menor al 50% de los umbrales establecidos, incluyendo el incremento previsto para los casos en los que concurran las circunstancias especiales, mencionadas anteriormente.
- Las familias numerosas pueden pedir el bono social si perciben una renta anuak igual o menor a 2 veces el IPREM de 14 pagas.
- Si se percibe una pensión mínima y no se percibe ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros. Además, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual igual o menor a 1 veces el IPREM de 14 pagas.
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La factura de la luz se reduce un 50% para aquellos que están en riesgo de exclusión social. Además de cumplir los requisitos para ser considerado vulnerable severo, debe recibir atención por parte de los servicios sociales de una Administración Pública que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. Cuando existe una «imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico».
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Para ser beneficiario del bono social de eletricidad el consumidore debe encontrarse en alguna de estas circunstancias:
- Estar en situación de desempleo
- Estar afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE)
- Los empresarios que se hayan visto afectados por la crisis de la Covid-19, es decir, que se haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
Sin embargo, deben cumplir otros requisitos respecto a la renta de la unidad familiar. Se toma como referente los ingresos del mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social. Por tanto, se deben dar alguna de estas condiciones:
- Los ingresos deben ser 1,5 veces la doceava parte del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar.
- Los ingresos deben ser 2 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas cuando hay un menor en la unidad familiar.
- Cuando hay dos menores los ingresos deben ser 2,5 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas.
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