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Viajeros, en una cabina de un avión. Pixabay
'Overbooking' en tu vuelo de Semana Santa: estos son los derechos que tienes si no te dejan viajar

'Overbooking' en tu vuelo de Semana Santa: estos son los derechos que tienes si no te dejan viajar

Esta práctica, que consiste en vender más billetes que asientos tiene el avión, es completamente legal y los pasajeros afectados pueden recibir una indemnización económica

María Nortes Pérez

Miércoles, 26 de marzo 2025, 12:14

A escasas semanas de Semana Santa, una de las épocas más esperadas del año por los amantes de los días festivos, muchas personas preparan con ilusión un viaje para desconectar y disfrutar de un pequeño descanso. Sin embargo, el 'overbooking', una práctica llevada a cabo por las aerolíneas que consiste en vender más billetes que asientos tiene el avión, puede hacer que más de un viajero no comience con buen pie sus esperadas vacaciones.

Si el 'overbooking' se produce durante tu vuelo de Semana Santa, lo más habitual es que los trabajadores de la aerolínea te informen de que tienes que quedarte en tierra porque no hay suficiente espacio en el avión. Eso sí, aunque esta práctica pueda parecer fraudulenta, es completamente legal y los pasajeros afectados tienen derecho a recibir una compensación.

«Según el Reglamento CE 261/2004, si te deniegan el embarque contra tu voluntad a causa de un exceso de viajeros a bordo del avión por razones operativas y no renuncias voluntariamente a tu plaza, tienes derecho a recibir una indemnización por el perjuicio que se te ha ocasionado, siempre y cuando te hayas presentado a tiempo para facturar y con la reserva del vuelo y los documentos de viaje válidos», señalan desde Reclamio, una empresa especializada en la reclamación de vuelos.

Qué hacer en caso de 'overbooking' y qué derechos tienes

Si esta práctica se produce durante tu viaje, lo primero que tienes que saber es que la aerolínea intentará buscar voluntarios que quieran modificar la fecha o la hora de su vuelo por voluntad propia. Sin embargo, en ocasiones no existen voluntarios o no son suficientes.

Si finalmente has sido uno de los afectados por esta práctica es recomendable que no aceptes vales ni gratificaciones a cambio de tu asiento y que exijas conocer la causa de la denegación de embarque. En concreto, los pasajeros afectados tienen derecho a una indemnización económica y a poder elegir entre el reembolso del coste del billete y, si tienen un vuelo de conexión, un vuelo de vuelta lo antes posible al aeropuerto de salida.

Además, los afectados también pueden elegir un transporte alternativo hasta el destino final, con la propia compañía aérea u otra, en condiciones de transporte comparables, o el transporte alternativo en una fecha posterior que convenga al pasajero, también en condiciones similares y si hay plazas disponibles. Además, si la aerolínea no ofrece la opción de elegir y el viajero compra su propio billete, se podrá presentar una reclamación mostrando el recibo y la nueva tarjeta de embarque.

Finalmente, la aerolínea también está obligada a brindar, de forma gratuita, bebidas, alimentación, alojamiento, transporte de ida y vuelta entre el alojamiento y el aeropuerto y dos llamadas telefónicas. En caso de que el viajero sea quien pague estos gastos, podrá pedir un reembolso presentando los tickets, siempre que estos hayan sido necesarios, razonables y adecuados.

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