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Llegada de pasajeros al aeropuerto de Corvera, en una imagen de archivo. Vicente Vicéns / AGM
Esto es lo que debes saber si vives en otro país y quieres volver a España

Esto es lo que debes saber si vives en otro país y quieres volver a España

Conoce las gestiones que enumera el Ministerio de Inclusión y que tendrás que realizar para retornar al país

Domingo, 24 de abril 2022, 23:51

Si vives en otro país y estás pensando en volver a España, debes conocer una serie de trámites que tendrás que realizar. La cuenta de Twitter de Atención a la ciudadanía del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones comparte una guía de retorno para aquellos ciudadanos que residan fuera del país pero quieran volver a España.

Trámites previos al retorno

Los españoles que residen de forma permanente en el extranjero deben inscribirse en el Registro de Matrícula de residentes del Consulado de la demarcación consular en que se encuentren. Una vez que los españoles residentes en el extranjero deseen retornar a España deberán solicitar su baja en este registro. La 'baja consular' facilita a los españoles que vuelven al país ciertos trámites en relación con la entrada en aduanas de sus enseres, así como de otro tipo, por lo que es muy útil solicitarla antes de finalizar su estancia en el extranjero.

Según la guía de retorno del Ministerio, para acceder a las diversas prestaciones básicas previstas por la legislación española en el ámbito laboral, los emigrantes y sus familiares españoles que se instalen en España deben obtener la documentación que acredite qué actividades han realizado en el extranjero, desde su última salida de España. Deberán probar que han realizado una actividad laboral por cuenta propia o ajena.

Por ejemplo, si eres un trabajador por cuenta ajena, puedes acreditar contratos de trabajo; nóminas; certificados de afiliación a la Seguridad Social o permisos de trabajo y residencia del país donde se ha realizado la actividad. Si eres un trabajador por cuenta propia o un autónomo, puedes presentar la documentación del periodo de actividad; certificados de cotización a la Seguridad Social; permisos de trabajo y residencia del país o certificados acreditativos del pago de impuestos por el ejercicio de la actividad.

Trámites posteriores al retorno

El emigrante retornado deberá aportar para empadronarse, además del DNI como documento probatorio de su identidad, los documentos que acrediten su residencia en dicho municipio, tales como un contrato de alquiler o la escritura de propiedad de la vivienda, contrato de luz o similares. El empadronamiento es un requisito para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados, así como para el reconocimiento de determinados derechos.

Los españoles que retornen de países distintos a los países miembros de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, Suiza, así como los que retornen de Australia sin haber sido titulares de autorización de residencia permanente en dicho país, deberán obtener el certificado de emigrante retornado si desean solicitar, siempre que reúnan los demás requisitos establecidos en cada caso, prestaciones como el subsidio por desempleo para emigrantes retornados o la renta activa de inserción.

Además, toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

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