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Las multas por radar pueden ser anuladas. LV
El error de la DGT cuando te notifica una multa que anula la sanción

El error de la DGT cuando te notifica una multa que anula la sanción

Si el documento avisando de una infracción detectada por las cámaras del radar no cumple con la normativa, puedes recurrir la sanción

Viernes, 14 de julio 2023, 13:31

Una carta a domicilio en nombre de la Dirección General de Tráfico (DGT) siempre causa preocupación. Si dentro hay una notificación de multa, tu siguiente paso deberá ser pagar la sanción por haber cometido una infracción. Aunque antes de hacer este trámite, que se puede realizar desde casa a través de la aplicación del organismo, debes prestar atención a dicho documento porque un error en su presentación puede significar la anulación de la multa.

Por qué se anula la multa

En el caso de las multas por radar, antes solo era necesario captar el número de matrícula. Sin embargo, en los últimos la normativa es diferente. Como se indica en la Orden ITC/3123/2010, ahora para su validez se requiere que en la notificación se incluya dos imágenes del momento en el que se detecta que el conductor ha sobrepasado la velocidad permitida en ese tramo. Este incumplimiento de la normativa es lo que ha llevado al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo, en Asturias, a anular una multa de un radar que captó a un vehículo circulando a 133 kilómetros por hora. El conductor sancionado por un exceso de velocidad se percató del error en la notificación y recurrió la sanción de tráfico, que está penalizada con 100 euros. Además, Europa Press que tuvo acceso a la sentencia desveló que los agente continúan multando tomando como válidos los resultados detectados por ese radar que no funciona correctamente

Pero con que el documento lleve dos fotografías no es suficiente. Estas deben ser de instantes diferentes, no pueden ser el mismo fotograma. Por este motivo, el Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Córdoba anuló una multa de la DGT de 100 euros por exceso de velocidad después de que el conductor recurriera. La Ley recoge que si un aparato fijo sin operador capta una infracción, debe tomar una fotografía panorámica y otra de la matrícula.

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