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La Seguridad Social ha avisado del documento que deben presentar los pensionistas antes de que termine el mes de marzo para no perder la pensión. Sus perceptores solo deben solicitar esta prestación una vez , pero mientras que cobran la correspondiente cuantía deben cumplir con unas obligaciones y mantener sus datos actualizados ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Los pensionistas deben comunicar a la Seguridad Social variaciones, si es que se producen, en alguna de las siguientes circunstancias:
- Cambios de domicilio (residencia habitual o fiscal)
- Inicio de actividades laborales
- Cambios en la situación económica (reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas)
- Cambios de la situación familiar (estado civil, nacimientos, defunciones…)
Además, aquellos que perciben una pensión con complemento a mínimos deben comunicar, en algunos casos, sus ingresos.
Si resides en el extranjero, además de informar sobre estos cambios, debes presentar un justificante original de vivencia para mantener la prestación. Se trata del certificado de fe de vida que se debe entregar obligatoriamente dentro del primer trimestre natural si vives fuera de España. El plazo máximo para presentar el documento es hasta el 31 de marzo de 2023.
El fe de vida debe ser remitido a la Dirección Provincial del INSS que gestiona tu pensión. La oficina a la que debes acudir se te indicó en la notificación de la revalorización de la pensión con la que algunos jubilados cobrarán 100 euros más al mes. Las cuantías mínimas y máximas suben un 8,5% frente al 15% de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez. Estas últimas las gestiona el Imserso.
Esta fe de vida se puede obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, que son las autoridades competentes en esta materia. También la Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida puede expedir certificaciones de comparecencia en su oficina, acreditándose así también la vivencia. Además, se contempla la posibilidad de realizar la comparecencia por videoconferencia ante estas Consejerías o secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida el pensionista, con la finalidad de evitar el desplazamiento a los interesados.
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