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El Bono alquiler joven es una de las medidas que se pusieron en marcha el año pasado para facilitar el acceso a la vivienda a los menores de 36 años, pero que se puede solicitar a lo largo de 2023. Y un cambio en uno de los requisitos permitirá que en las nuevas convocatorias más jóvenes puedan pedir esta ayuda para el alquiler. Mientras que unas comunidades autónomas siguen recibiendo solicitudes de jóvenes, otras mantienen cerrada la convocatoria, aunque con la posibilidad de volver a abrirla, ya que el plazo del Plan aprobado por el Gobierno finaliza en diciembre de 2023.
Tanto la presentación de la solicitud como su gestión corre a cargo de cada comunidad, por lo que estos gobiernos establecen los plazos para la tramitación y los pagos. Además, en algunos casos, como la Región de Murcia, abrirán convocatorias propias para extender la ayuda a 2024 y 2025. Aunque todos los jóvenes entre 18 y 35 años de todo el territorio deben acreditar rentas de trabajo y cumplir con los mismos requisitos referentes a las rentas mensuales de la vivienda y los ingresos anuales.
Los ingresos anuales de los solicitantes deben ser inferiores a 3 veces el IPREM, aunque el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agena Urbana aclara que siempre hay que tener en cuenta lo que concrete la convocatoria de cada comunidad. Hasta ahora, los jóvenes no podían sobrepasar unas rentas de 24.318 euros al año. Sin embargo, el IPREM que marca este tope ha cambiado para 2023. Los Presupuestos Generales del Estado han incluido una subida del IPREM del 3,623%, que lo sitúa en los 600 euros mensuales y 8.400 euros al año. Además de suponer un aumento de las cuantías de las prestaciones y subsidios por desempleo del SEPE, afecta directamente a quién puede solicitar el bono alquiler, ampliando la ayuda a un mayor número de arrendatarios. Con este cambio no podrán recibir rentas superiores a 25.200 euros para solicitar el bono para el alquiler.
La cuantía de la ayuda se mantiene en 250 euros al mes, que se concede por dos años. Así, la renta mensual de la vivienda debe ser la siguiente:
- Hasta 600 euros al mes.
- Hasta 300 euros al mes si el alquiler es de una habitación.
- Hasta 900 euros al mes o 450 euros al mes en alquiler de habitación, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
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