![Ayudas del SEPE para menores de 25 años: cómo pedirlas, cuantías, y requisitos](https://s1.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/202205/24/media/cortadas/ayudas-paro-jovenes-kwYD-U170189641118XuB-1248x770@La%20Verdad.jpg)
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Si hay un dato que sigue preocupando en España es el paro juvenil. Muy por debajo del resto de países europeos se encuentra nuestro país con una tasa de desempleo del 29,8% entre los menores de 25 años, según el informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) de febrero. Una situación con la que tienen que lidiar los millones de jóvenes cuando buscan su primer empleo tras el fin de su etapa académica.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece 3 ayudas diferentes tanto para aquellos jóvenes que han trabajado menos de un año, tienen cargas familiares o han agotado las prestaciones por desempleo.
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María José Timoteo
mónica millán valera
Si has trabajado menos de un año, puedes acceder a un subsidio por desempleo, que su duración varía según el número de meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares. Estos son los requisitos para pedir esta ayuda del SEPE:
- Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
- Inscribirse como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y aceptar el compromiso de actividad.
- El tiempo de cotización mínimo para acceder a esta prestación es de 3 meses, si tienes responsabilidades familiares, y de 6 meses si tienes.
- Las rentas de los beneficiarios no pueden superar el 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, es decir, los 750 euros. Para conceder la ayuda el SEPE tendrá en cuenta las rentas íntegras o brutas.
La cuantía del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). La Seguridad Social marca el ingreso mensual en 463,21 euros. Y la duración de la ayuda, si no tiene responsabilidades familiares, será de 6 meses. Mientras que las personas con cargas familiares dispondrán de 463 euros durante 3, 4 o 5 meses, si han cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. En el caso de 6 meses de cotización, el subsidio durará 21 meses.
La Seguridad Social explica que para solicitar el subsidio por desempleo, cuando hay cargas familiares, se debe tener a cargo a algún hijo, por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, o a su cónyuge, si conviven o dependen económicamente de ti. El restos de requisitos para acceder a esta ayuda son los siguientes:
- No se deben tener rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, siempre que la suma de los ingresos de todos los miembros de su unidad familiar así constituida, dividida entre el número de componentes de la misma, no supere dicha cantidad.
- Estar desempleado.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva.
- Aceptar el compromiso de actividad.
- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
El SEPE abona 463,21 euros de forma mensual durante 6 meses si has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, pero se puede prorrogar hasta un máximo de 18 meses. En cambio, si ya no recibes la prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
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El denominado subsidio extraordinario por desempleo se concede en estos dos casos:
- Cuando has agotado cualquiera de los subsidios por desempleo previstos en el artículo 274 de TRLGSS a partir del 05/07/2018, y entre el 01/03/2018 y el 04/07/2018.
- Parados de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018.
Para pedir este subsidio extraordinario por desempleo una vez que has agotado el resto de prestaciones disponibles por el SEPE debes cumplir los siguientes requisitos:
- No disponer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
- No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.
- Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y acreditar responsabilidades familiares .
- Haber interrumpido tu última actividad laboral de forma involuntaria en caso de haber trabajado tras el agotamiento del último derecho.
- No haber percibido anteriormente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
- En el momento de presentar la solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo.
- No haber recibido este subsidio extraordinario por desempleo anteriormente.
La cuantía que reciben los beneficiarios que cumplen estos requisitos es de 463,21. La duración máxima del subsidio será de 180 días y no podrá percibirse en más de una ocasión.
Tanto la ayuda de menos de un año de cotización como la que se concede si tienes responsabilidades familiares se pueden solicitar por internet, a través de la presolicitud online. Pero para ello, debes estar inscrito en el sistema Cl@ve o tener instalado el certificado digital en tu dispositivo. También dispones de las vías más tradicionales para pedir ambas prestaciones: en la oficina de prestaciones tras concertar una cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono; en cualquier oficina de registro público; o por correo administrativo.
En cambio, para pedir la ayuda del subsidio extraordinario por desempleo solo podrás hacerlo en una oficina de prestaciones o registro público, o por correo administrativo.
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