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Los sediciosos tienen prisa

Soy partidario de reformar el Código Penal, pero para reforzar la defensa de la unidad de España y de la autoridad judicial independiente, no para debilitarlas

Martes, 4 de febrero 2020, 03:00

En los comienzos del actual proceso separatista catalán, un lema muy popular entre sus promotores era 'Tenemos prisa'. Llegaron a dibujarlo: una moto conducida por un hombre, en cuyo asiento posterior una mujer portaba una estelada, ambos sin casco, pasaba junto a un cartel con la citada consigna. La aplicaron para aprobar la ley de desconexión catalana prescindiendo de los engorrosos trámites parlamentarios mediante los que la oposición pretendía retrasar las sediciosas normas, que fueron el ilegal sustento jurídico de la declaración unilateral de independencia. Ante las dudas del presidente Puigdemont, el diputado Rufián (con mayúscula) proclamó aquello de «las 155 monedas de plata», un juego entre el artículo 155 de la Constitución, que tan tardía e insuficientemente aplicaron PP, Cs y PSOE, y las 30 piezas de plata que los príncipes judaicos prometieron a Judas para que entregase a Jesús sin ruido y con prisa. Porque ambos detalles fueron la clave del pacto: apresarlo cuanto antes, pero evitar hacerlo ante el pueblo de Jerusalén. Los altos sacerdotes conocían de sobra a Jesús, que había actuado abiertamente incluso en el Templo, pero querían cazarlo de forma discreta, con nocturnidad y alevosía que diríamos. Fracasaron: si hay una traición extensamente divulgada es la de Judas y los escribas.

Es previsible que lo mismo ocurra con la anunciada reforma del Código Penal que ahora es el objetivo prioritario de los separatistas y a la cual ha accedido el presidente Sánchez. Quieren hacerla con prisa, para lo que emplearán una proposición de ley, que no requiere informes previos del Consejo General del Poder Judicial, ni del Consejo de Estado. Lo lograrán, como lo lograron los del Sanedrín, pero otra cosa es la discreción: pretenden enmascararla con cambios concomitantes en los delitos sexuales y en los ambientales, pero todo el mundo habla del de sedición. La discreción ha quedado pulverizada y por buenos motivos. Resulta que en los delitos sexuales y ambientales se refinarán las definiciones para facilitar el trabajo de los jueces, y se ampliará su variedad, para prevenir y corregir nuevas modalidades delictivas, pero no se reducirán las penas, sino que se mantendrán las actuales e incluso algunas se incrementarán. Sin embargo, en el caso de la sedición no solo se redefinirá el delito, lo que podría ser útil, sino que se rebajará sustancialmente la pena. Esa es la clave. Por mi parte soy partidario de reformar el Código Penal, pero para reforzar la defensa de la unidad de España y de la autoridad judicial independiente, no para debilitarlas.

Los argumentos que se han dado a favor de rebajar las penas por sedición me parecen claramente insuficientes. Ya he respondido a los que dicen que es un delito anticuado: refinen la definición del delito si lo consideran oportuno, pero no rebajen las penas, ni eludan buscar un consenso con los partidos de la oposición. La carta de presentación de la reforma fue adecuar nuestro sistema legal al de la UE, aderezado con la idea de que «Europa nos ha enviado algunas señales al respecto». En realidad, la UE solo se ha puesto de acuerdo en una lista de 32 delitos para los cuales la euroorden (la entrega del imputado) se aplica automáticamente, lo que implica que el consenso para los demás delitos, entre ellos la sedición, es que se rijan por los códigos nacionales. Pero eso no quiere decir que un delito semejante al nuestro no exista en otros muchos países o que tengan penas menores, sino que no existe en todos ellos (tampoco la eutanasia o vender ciertas drogas es ilegal en todos). Y, en cuanto a las señales, el tribunal belga retrasó la entrega por problemas de forma, sin entrar nunca en el fondo del asunto, y el alemán aceptó entregarlo por malversación y consideró que la entidad de la violencia no era suficiente para la rebelión, pero nada dijo de la sedición, criterio que finalmente siguió el Supremo. Y lo que TJUE decidió versaba sobre qué es exigible para ser europarlamentario, no sobre la sedición, y lo hizo de forma 'innovadora', contradiciendo lo hasta entonces entendido por el Parlamento Europeo y por el propio TJUE. Nada de nada, pues.

Un amigo constitucionalista ha opinado que lo mejor sería suprimirlo pues apenas lo comete nadie; el presidente canario, que es «malévolo» verlo como un favor a los separatistas. Por un lado, no se ven las prisas por modificar algo que raramente se usa; por otro lado, es tan infrecuente cometerlo que los únicos condenados por sedición en este momento son los dirigentes separatistas catalanes. Eso hace inevitable que la apresurada rebaja de las penas se vea como un favor a los separatistas que forma parte, oculta, del pacto con ellos establecido. Mercadeando con el código penal, que diría el presidente socialista de Castilla-La Mancha.

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