

Secciones
Servicios
Destacamos
EP
Miércoles, 12 de marzo 2025, 14:06
El Juzgago de Instrucción 21 de Barcelona ha archivado definitivamente la causa contra la exalcaldesa de Barcelona, Ada Colau, y diversos exmiembros de su equipo de gobierno por presuntas irregularidades en la concesión de subvenciones a entidades sociales denunciadas por la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática.
En un auto consultado por Europa Press, el juez afirma no haber resultado probado «ni un solo indicio de participación de la querellada en los delitos mencionados», y que no ha quedado acreditado que dictara ella misma resoluciones de carácter arbitrario para conceder las subvenciones conociendo su injusticia, textualmente.
Además, el magistrado considera que «el hecho que se aplicara ese procedimiento administrativo de concesión y no otro, y que las beneficiarias fueran entidades con las cuales la querellada tuvo algún tipo de vinculación antes de asumir su cargo y que Colau no se abstuviera por existir esos vínculos, son cuestiones que a lo sumo atañen al orden jurisdiccional-contencioso-administrativo».
Dice también el juez que «la concesión de subvenciones públicas, conforme a la ley y con las garantías del ordenamiento jurídico de revisión y examen a entidades que compartan la visión política de quien ocupa un cargo público, como consta en el presente supuesto, siendo entidades que también habían recibido subvenciones públicas en el pasado, no puede ser punible».
El pasado mes de febrero, el juez rechazó prorrogar la instrucción de la causa, como había solicitado la asociación, que había recurrido un primer sobreseimiento de las diligencias abiertas por los presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencia y malversación.
En noviembre de 2022, la Audiencia de Barcelona había ordenado reabrir la investigación, por lo que los querellantes habían solicitado una serie de pruebas, que el Juzgado rechazó en el auto de archivo de febrero de 2025.
En este, el magistrado afirmaba que esas pruebas pedidas «inciden de nuevo en cuestiones ya valoradas y relativas a documentos que han sido aportados con anterioridad y que puede encuadrarse, en realidad, en el intento de la acusación de convertir el procedimiento en una suerte de investigación prospectiva, expresamente proscrita en nuestro derecho penal».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.