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Ramón Luis Valcárcel, a su llegada al juzgado en junio para declarar por el caso de la desaladora de Escombreras. Nacho García / AGM
La Audiencia revoca el sobreseimiento de Valcárcel en el caso de la desaladora de Escombreras

La Audiencia revoca el sobreseimiento de Valcárcel en el caso de la desaladora de Escombreras

El tribunal considera que existen indicios de que el expresidente «conocía y sabía bastante» de los pasos dados en el desarrollo del proyecto

Martes, 5 de abril 2022

La alianza de Ramón Luis Valcárcel con la ignorancia no ha convencido a la Audiencia Provincial. El tribunal acaba de tumbar la decisión del Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia de dar carpetazo a la investigación abierta contra el expresidente regional por su supuesta implicación en el caso de la desaladora de Escombreras ('Caso La Sal'). En un auto, este órgano sostiene, contrariamente a lo que consideró el instructor, que existen datos objetivos que pudieran avalar, en principio, «que el aquí investigado conocía y sabía bastante de lo que iba sucediendo con la desaladora y de sus incidencias más graves, y que, por tanto, pudiera tener ciertas responsabilidades significativas en los hechos derivados de su propio papel preponderante en la dirección política y administrativa de la Comunidad Autónoma». Una responsabilidad, remarca, que se podría haber producido tanto por acción como por omisión.

El tribunal fundamenta su postura tanto en la declaración judicial del investigado, como en sus competencias legales en calidad de presidente del Consejo de Gobierno, que le situaban en «clara posición de garante». La Audiencia tiene en consideración, además, « la intensidad y diversidad de actos de todo tipo realizados en torno al proyecto, construcción, financiación, explotación y desarrollo de la desaladora muy concatenados entre sí, que, en términos de lógica elemental y a criterio de un posible observador imparcial de tipo medio ajeno a los hechos, no parece que pudieran pasar desapercibidos -por su mucha importancia objetiva- para quien ejercía el cargo de presidente del Consejo de Gobierno».

En relación con este punto el auto recoge de forma muy extensa la actividad recogida en el informe policial de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) que, asegura, «pone de manifiesto la existencia de una estructura societaria vertical que se pretendía ubicar en el derecho privado pero que, en realidad, estaba controlada por el Ente Público de Agua (EPA) y por la Consejería de Agricultura y Agua». Con ese diseño, remarca el informe policial, la Comunidad «sería responsable de las obligaciones asumidas por el ente público empresarial creado al efecto y por la sociedad regional a aquel vinculado, que se constituiría como Hidronostrum, SA., todo ello en beneficio de intereses privados».

La responsabilidad del entonces dirigente se podría haber producido por acción o por omisió

En este sentido, los magistrados de la Audiencia sostienen que «parece evidente que el aquí investigado estaba sumamente informado, no sólo de las líneas generales del proyecto de la desaladora, sino también de muchas peculiaridades e irregularidades habidas en el desarrollo y financiación del mismo que se fueron produciendo durante su mandato a lo largo de muchos años». La Sala, incluso, no descarta posibles actuaciones directas por su parte dirigidas a dar el impulso necesario como presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad «aunque no vengan acompañadas de su firma personal».

Allana el camino al instructor

El tribunal acepta así el recurso planteado por la Fiscalía -al que se adhirió la acusación popular y la Comunidad como actora civil-, que reclamó que Valcárcel siguiese imputado por presunta malversación de caudales. El tribunal explica que el Ministerio Público trató de tumbar el archivo de los cargos contra el expresidente alegando que el instructor no argumentó debidamente si Valcárcel era conocedor de la presunta trama. Una conclusión con la que coincide la Audiencia Provincial.

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