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El Estatuto de las Personas en Formación Práctica no Laboral en el Ámbito de la Empresa, conocido como el 'estatuto del becario', va cobrando forma. ... La nueva regulación traerá nuevos derechos para el alumnado e impondrá limitaciones a las empresas que los contraten. El anteproyecto establece, entre otras cuestiones, limitaciones a la duración de las horas de prácticas que realizan los estudiantes, sobre el número de becarios en cada empresa, regula nuevos derechos de los alumnos, marca un plan de acción del tutor y establece compensaciones para los gastos que tienen que realizar los estudiantes. Una de las cuestiones de más trascendencia será la limitación a las horas de prácticas extracurriculares, que se reducen de forma drástica. Si actualmente un estudiante puede realizar hasta 750 horas cada curso de prácticas, con la nueva normativa el límite será de 480 horas en los cuatro años del grado, un tope que acota las posibilidades del alumnado.
Las prácticas extracurriculares se limitarán al 15% de las horas en que se concreten los créditos de la titulación o un máximo de 480 horas. En la práctica, serán unos 60 días a ocho horas por jornada. Las prácticas extracurriculares no son obligatorias (las curriculares sí forman parte del grado). El nuevo reglamento quiere impedir con las nuevas condiciones que algunas empresas puedan utilizar esas prácticas para reemplazar a mano de obra ordinaria. En un principio, el Ministerio de Trabajo y los sindicatos acordaron eliminarlas, finalmente y en parte por la presión de las propias universidades, se han mantenido.
60 días
a ocho horas por jornada son las prácticas extracurriculares que harán los estudiantes como máximo cuando se limiten al 15% de las horas en que se concreten los créditos de la titulación o un máximo de 480 horas. Actualmente, el tope en la UMU y en la UPCT es de 750 horas cada curso.
El 'estatuto del becario' establecerá además el pago de una cuantía mínima suficiente para compensar todos gastos en los que los estudiantes en formación práctica en la empresa incurran, como los de desplazamiento, alojamiento y manutención. Las empresas públicas y las privadas no estarán obligadas a abonar esta compensación «si existen otras becas o ayudas que los cubran». Es decir, si la empresa ya retribuye de alguna forma al becario, no habría compensación si ya cubre esos gastos. Las mejoras, entendidas como una avance por la Universidad de Murcia, podrían también retraer, temen, a algunas empresas a la hora de contratar becarios.
No ha ocurrido así, en contra de lo que temían universidades y Administración regional hace un año, con la entrada en vigor de la obligatoriedad de cotizar por todos los estudiantes que realizan prácticas no laborales, sean curriculares (obligadas por el plan de estudios) o no. La medida no ha disuadido a los empresarios, pero sí ha supuesto un fuerte desembolso a las administraciones e instituciones. La Consejería de Educación ha tenido que hacer frente a una factura de 550.000 euros de fondos propios para abonar el alta en la Seguridad Social de los estudiantes en prácticas de FP «para que esa medida impuesta no supusiera un freno». En la Universidad de Murcia, el gasto ha superado los 200.000 euros, a los que hay que sumar la asignación de la UPCT y de otras instituciones. Los centros educativos han tenido que enfrentar además la complejidad burocrática para formalizar esas altas y la gestión extra para encajar a los estudiantes.
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