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El exalcalde Miguel Ángel Cámara llega al juzgado en 2018 acompañado de sus letrados Vicente Sanmartín (i.) y José María Caballero (d.) Nacho García/ AGM
El TSJ avala que el Ayuntamiento de Murcia pague más de 75.000 euros a Cámara tras ser exculpado del 'caso Umbra'

El TSJ avala que el Ayuntamiento de Murcia pague más de 75.000 euros a Cámara tras ser exculpado del 'caso Umbra'

El tribunal tumba el recurso del Consistorio para tratar de eludir el gasto de la defensa del exalcalde por este asunto y el de la guardería de La Paz

Martes, 2 de julio 2024, 10:21

El Ayuntamiento de Murcia no podrá, por el momento, eludir el pago de 75.020 euros -más intereses- al exalcalde Miguel Ángel Cámara tras su exculpación en el caso de la guardería de La Paz y en cuatro piezas del 'caso Umbra'. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TTSJ) ha confirmado la decisión del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Murcia que hace un año obligó al Ayuntamiento capitalino a costear los gastos de defensa, representación y actuaciones periciales de Cámara en estos procedimientos.

En una resolución reciente, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, el TSJ rechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento para tratar de eludir ese pago. La sentencia, ahora confirmada, aceptó la mayor parte de la indemnización solicitada en junio de 2021 por quien fue regidor en Murcia de 1995 a 2015 por el Partido Popular. En su demanda el exalcalde presentó las factura de las minutas de los procuradores y de los abogados José María Caballero y Vicente Sanmartín, que se encargaron de su defensa en las piezas 'Baños y Mendigo', 'Teatro Circo', 'Casino' y Nueva Condomina' del 'caso Umbra' y en el caso de la guardería de La Paz.

El juez subrayó que las facturas de los abogados eran suficientes para justificar el gasto y que el importe de estas era razonable en aras al esfuerzo que supuso la defensa del popular. El Ayuntamiento trató de tumbar la resolución alegando que esos gastos no se habían justificado debidamente, pero el tribunal desestima ese argumento y confirma la obligación de pago. Contra esa decisión, aún cabe recurso ante el Supremo.

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