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EFE
MURCIA
Miércoles, 20 de septiembre 2017, 09:08
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región señala en una sentencia que la depresión no supone que quien la padece no pueda desarrollar actividad alguna, por lo que anula otra sentencia que declaró en incapacidad absoluta a un camionero que sufre ese trastorno.
El juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió la demanda de este trabajador declaró probado que debía ser declarado como afecto a invalidez permanente en grado de absoluta, por lo que condenó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a pagarle una pensión vitalicia.
La Sala del TSJ, al estimar el recurso del INSS, dice que «el trabajador conserva una importante capacidad laboral residual, para cuya puesta en práctica la medicación que tiene prescrita no debe comportar obstáculo alguno, pues la misma tiene por finalidad el control de su patología psíquica». Y concluye que el estudio de todas las pruebas aportadas al proceso no permite concluir que el apelado se encuentre impedido para llevar a cabo cualquier profesión u oficio.
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