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No luchar contra la contaminación por nitratos agrícolas tiene sus consecuencias. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado a España por no haber impulsado las medidas necesarias para frenar la degradación de las masas de agua en superficie o subterráneas por el uso de estos compuestos químicos procedentes de la agricultura y la ganadería. La sentencia, que da la razón a gran parte de la denuncia que presentó la Comisión Europea en 2022, apunta al Gobierno regional por no adoptar «medidas adicionales o acciones reforzadas en lo que se refiere a la contaminación por nitratos» en el Mar Menor y los acuíferos del Campo de Cartagena.
La decisión de la Sala Sexta del TJUE supone la primera gran condena, en este caso hacia las administraciones públicas españolas, por la contaminación de la laguna con los nitratos procedentes de los cultivos y granjas de la cuenca vertiente. El caso contra España se remonta a 2015, cuando la Comisión comenzó un largo proceso de investigación al detectar una infracción de la norma europea sobre nitratos, vigente desde 1991. Ahora, la condena, aunque se dirija contra el Estado, señala el incumplimiento de la Región de Murcia y otras siete autonomías: Baleares, Comunidad Valenciana, Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, Castilla y León y Aragón.
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Los datos por los que la Comisión fijó su demanda se basan en la calidad de las aguas del Mar Menor y los acuíferos de la cuenca vertiente entre los años 2015 y 2019. El motivo de la infracción por incumplir la directiva sobre nitratos por parte del Ejecutivo regional se basa en «la existencia de problemas de eutrofización y prueban que las medidas adoptadas por esa comunidad autónoma no mejoraron la situación», refleja el texto judicial.
La sentencia menciona que el alto mando europeo tuvo en cuenta los procesos de anoxia y eutrofización en su recurso en los tribunales, algo por lo que protestó el Gobierno murciano: «La Comisión no puede fundamentar su motivo en tales acontecimientos» porque «están fuera de las imputaciones formuladas en la fase administrativa del procedimiento». Los jueces creen que los datos de las autoridades españolas en cuanto a los niveles de nitratos entre 2016 y 2019 «no permiten constatar que la situación en las zonas vulnerables haya mejorado con respecto a los datos de 2012 a 2015». Las costas serán asumidas por la Comisión y España. Fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica remarcan que la Comisión, con toda probabilidad, pedirá una sanción económica cuya cuantía la establecerá el Tribunal en base a una tabla de multas que Bruselas tiene confeccionada. «Cuando se imponga, el delito no desaparece: mientras que España siga sin cumplir la ley sobre nitratos, la condena pervive y se seguirán pagando» unas cantidades que irán creciendo. «Cuando España cumpla la ley, la Comisión pedirá que levante la condena».
Es decir, el Tribunal ha juzgado un periodo de tiempo anterior a la Ley de Recuperación y Protección del Mar Menor, las medidas cautelares en el Campo de Cartagena de la Confederación Hidrográfica del Segura o el tercer plan hidrológico de la cuenca del Segura. Estas normativas tratan de forma específica una regulación de la actividad primaria en torno a la laguna. La sentencia menciona que Europa reconoció la adopción de «varias medidas adicionales» por parte de la Comunidad, aunque no menciona cuáles.
Estas medidas motivaron que la demanda contra Murcia no incluyera otros incumplimientos por los que sí han sido señaladas otras comunidades: no haber designado zonas vulnerables a la contaminación por nitratos o no establecer «medidas obligatorias» en los programas de actuación. Sin embargo, el Tribunal advierte «que esas medidas son insuficientes para alcanzar los objetivos de la directiva», demostrado por «la magnitud y gravedad de los acontecimientos de la crisis de la anoxia en 2019 y a finales del verano de 2021».
Junto a esta falta de diligencia que señala el TJUE, el Gobierno central, según la sentencia, advirtió en varios documentos a Bruselas «del deterioro de la calidad del agua [de la laguna] y, por tanto, la insuficiencia de las medidas adoptadas a nivel de la Comunidad». Añade la sentencia que la Ley del Mar Menor «reconoce explícitamente que las medidas del programa de acción existentes en aquel momento no eran suficientes para prevenir y corregir la contaminación causada por los nitratos en la masa de agua subterránea» del Campo de Cartagena.
La Comunidad debe todavía terminar y aprobar el programa de actuación en zonas vulnerables del Campo de Cartagena. El Ejecutivo estatal sí trasladó a Bruselas que Murcia había aprobado un Plan de Inspección de las Explotaciones Agrícolas para 2020 y 2021, además de otros «actos normativos» entre esos dos años como una mayor restricción de los fertilizantes en la cuenca (primera reforma de la ley de la laguna), los operadores agroambientales o las Entidades Colaboradoras de la Administración Agraria.
El portavoz del Gobierno regional, Marcos Ortuño, recordó ayer, tras conocer la sentencia, que el periodo juzgado es desde 2016 a 2019, «y es a partir del 2019 cuando se han implantado numerosas medidas para proteger el Mar Menor». Ortuño subrayó que la contaminación de los acuíferos «no responde a las prácticas actuales de la agricultura». Recordó que la aprobación de los programas de actuación en zonas vulnerables «están en trámite» y «prácticamente finalizados».
El eurodiputado socialista Marcos Ros cree, por su parte, que la sentencia refleja «la mala gestión medioambiental del PP durante tres décadas», mientras que el PSOE regional indica que el presidente Fernando López Miras es «el responsable de actuar frente a la contaminación por nitratos, pero no está haciendo absolutamente nada y, ahora, la justicia europea nos da la razón». María Marín, diputada de Podemos, indica que «España y la Región se exponen a multas millonarias y no tienen más remedio que aplicar deprisa y corriendo lo que llevan retrasando años. Hay que actuar ya para salvar el Mar Menor y los acuíferos». Vox no reaccionó a la sentencia.
La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción por no aplicar correctamente la legislación comunitaria vigente en materia de vertederos, con problemas detectados en la Región de Murcia, entre otras comunidades. Ha enviado una carta de emplazamiento a España en la que informa del expediente abierto por la gestión los residuos urbanos. «Además, España no ha establecido una red integrada y adecuada de instalaciones de gestión de residuos urbanos mezclados que abarque todos los vertederos de su territorio», añade el comunicado remitido por la Comisión. España dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas. «De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado».
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