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Serán 34 años de prisión los que, finalmente, tengan que cumplir los dos condenados por el asesinato y descuartizamiento de una pareja holandesa en 2013. Siguen sin ser unas penas livianas, pero se han beneficiado de una rebaja de seis años respecto de las condenas que meses atrás les impuso la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que fijó en 40 años por cabeza el tiempo de privación de libertad para los dos criminales: Juan Cuenca Lorente y el rumano Valentín Ion.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo notificó ayer la sentencia por la que suaviza el castigo a los dos condenados por la muerte a golpes de Lodewijk Severein y su mujer, la exjugadora de voleibol Ingrid Visser, ocurrida en una casa rural de Molina de Segura el 13 de mayo de 2013. Sus cuerpos desmembrados fueron luego enterrados en un huerto de limoneros de Alquerías.
El debate sobre las penas que correspondía imponer a Cuenca e Ion se ha centrado en la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y, más concretamente, en si tenía que ser aplicada como simple o como muy cualificada.
En la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Murcia, el magistrado presidente introdujo esa cuestión en el objeto del veredicto -esto es, en las cuestiones que deben responder los nueve miembros del tribunal popular- y la respuesta unánime que recibió fue que se debía considerar como muy cualificada. El jurado estimó que los retrasos en la tramitación de las diligencias no solo habían sido anormales, sino que además no tenían justificación alguna.
En base a tal consideración, el juez impuso a los dos asesinos sendas penas de 34 años de prisión.
Sin embargo, a posteriori, tanto la fiscal como la acusación particular recurrieron la sentencia ante el TSJ, considerando que la consideración que merecían las dilaciones indebidas no se debía haber dejado en manos del jurado, sino del magistrado presidente. El recurso prosperó y la Sala incrementó las condenas hasta los 40 años.
Esta resolución fue recurrida, a su vez, por el abogado José María Caballero Salinas, letrado de Juan Cuenca. Expuso que tanto el Ministerio Público como la acusación particular habían tenido la oportunidad de protestar por la redacción del objeto del veredicto, pero no lo habían hecho y, de forma tácita, habían asumido que fuera el jurado quien se pronunciara sobre esas cualificaciones indebidas. De tal manera que solo cabía ya aplicarlas como muy cualificadas y reducir las penas a 34 años de cárcel.
El Alto Tribunal asume los argumentos del abogado y señala que quizás no fuera acertada la redacción del objeto del veredicto, pero que la queja de las acusaciones se hizo «de modo tardío e inadecuado».
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