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Ortega Cano entra a la prisión de Zuera, en Zaragoza
El forense determina que Ortega Cano puede ser tratado en prisión

El forense determina que Ortega Cano puede ser tratado en prisión

El abogado del diestro pidió un examen médico para saber si existía la posibilidad de que la condena se suspendiera por padecer «una enfermedad muy grave o padecimientos incurables»

EFE

Viernes, 30 de mayo 2014, 12:34

El forense que examinó al torero José Ortega Cano en la prisión de Zaragoza, donde cumple una condena de dos años y medio por provocar un accidente de tráfico mortal, determina que los problemas de salud del diestro pueden ser tratados por los servicios médicos penitenciarios y no necesita ser excarcelado.

El abogado del torero pidió un examen forense para determinar si su condena podía quedar en suspenso por padecer una «enfermedad muy grave o padecimientos incurables».

Fuentes penitenciarias informaron de que el forense determina que los problemas cardiacos de Ortega Cano no le impiden cumplir la pena de cárcel, pues los servicios médicos penitenciarios están preparados para tratarlo, y la vida en prisión no aumenta el riesgo de que se agraven sus patologías.

La defensa del matador de toros alegó la arritmia cardiaca que padece y el bloqueo de una arteria, con el consiguiente riesgo de sufrir la llamada muerte súbita, pero el forense entiende que ese peligro existe tanto en la cárcel como si llevase una vida en libertad.

El torero ingresó el pasado 23 de abril en la cárcel de Zuera (Zaragoza) para cumplir una condena por delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad del tráfico, por provocar en mayo del 2011 un accidente cuando conducía su vehículo, triplicando la tasa de alcoholemia, en las proximidades de su finca en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla). En el siniestro falleció el conductor del vehículo con el que colisionó, Carlos Parra.

En diversos pronunciamientos, la Audiencia Provincial y la Fiscalía de Sevilla se opusieron a que la condena quedase en suspenso porque las dolencias médicas que alegó el torero podían ser tratadas en cualquier cárcel de España.

Los tribunales se opusieron, asimismo, al indulto porque el condenado no mostró arrepentimiento y la reparación del daño al indemnizar a la familia de la víctima no fue llevada a cabo por él mismo, sino por la compañía aseguradora de su coche.

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