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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha condenado al Servicio Murciano de Salud (SMS) a indemnizar con cerca de 150.000 euros a la familia de una paciente que falleció en el hospital Virgen de La Arrixaca de Murcia por una doble mala praxis. En la sentencia, en la que se acepta la reclamación presentada por el letrado Eduardo Forte del despacho Forte Berrier Abogados, el tribunal establece un nexo causal entre las negligencias y el fallecimiento de la mujer, de 66 años.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2016, cuando J.S.C, vecina de Murcia, comenzó con un cuadro de cefalea intensa y dolor de oído que la llevó a ingresar en el citado centro hospitalario. La mujer acabó falleciendo días después por una meningitis.
La propia Administración reconoció que, en este caso, había existido una doble infracción de la lex artis. La primera se produjo, según explica la sentencia, por no haber suministrado a la paciente una vacuna que estaba indicada en sus circunstancias, dado que padecía una enfermedad previa. La segunda negligencia se dio por no haber administrado el tratamiento antibiótico al llegar a urgencias cuando la analítica ya advertía de una posible infección.
La propia Administración, tras asumir el doble fallo, sostenía que se trataba de un caso de pérdida de oportunidad, remarcaba que la vacuna no hubiera garantizado una inmunidad 100% frente a la enfermedad y abogaba por una indemnización menor para la familia. La Sala, en su resolución, explica, no obstante, que «evidentemente es imposible saber lo que hubiera ocurrido de haberse puesto la vacuna y el tratamiento (...) Lo que no presenta dudas es que la prestación sanitaria no fue correcta y que la paciente falleció, existiendo un nexo causal directo entre la mala praxis y el resultado dañoso».
Por todo ello, la Sala del TSJ condena al Servicio Murciano de Salud a que pague a los reclamantes la cantidad de 150.00 euros -incluidos intereses y actualizaciones- al considerar que la causa del fallecimiento de la madre tuvo su origen en una doble mala praxis. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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