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El sector agro continúa su ofensiva contra lo que considera una «hiperregulación normativa» de la agricultura en el Campo de Cartagena. Proexport, UPA, COAG, Asaja y Fecoam presentarán este lunes a los grupos de la Asamblea Regional un documento en el que solicitan la modificación de la ley de recuperación y protección del Mar Menor para relajar las restricciones que establece a la actividad en la zona.
Tan solo unos días después de pedir a la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) que elimine sus medidas cautelares en el entorno de la laguna para regirse únicamente por la ley del Mar Menor -una petición desoída por el presidente de la Confederación, Mario Urrea, que señaló no ver motivos en este momento para suavizar las restricciones- el sector propone la «redefinición» o «derogación» de más de una decena de artículos de la ley que afectan al uso del suelo, la utilización de fertilizantes, la medición de nitrógeno y fósforo o el régimen de sanciones, entre otros.
Entre las proposiciones se encuentra la petición de que la prohibición de orientar los cultivos hacia el Mar Menor quede acotada únicamente a terrenos con pendientes superiores al 2%. También señalan la necesidad de flexibilizar, en las explotaciones situadas dentro de la franja de 1.500 metros, la reserva del 20% del terreno a superficies de retención de nutrientes. En este aspecto, sugieren que se reduzca al 5% en el caso del secano, mientras que para el regadío, la petición se centra en la ampliación de los posibles usos de ese 20%, que actualmente se limita a fajas vegetales para la retención de nutrientes, biorreactores, filtros verdes o charcas y humedales. Así, reclaman que puedan dedicarse a la recuperación y revegetación de senderos, cauces, canales y linderos de caminos o a la plantación de cubiertas vegetales.
En cuanto al uso de fertilizantes químicos, el sector aboga por flexibilizar el control y permitir su uso cuando estos sean de «liberación controlada» o si se utilizan dentro de la práctica de la biosolarización, «una técnica indispensable -señala el documento- en agricultura ecológica utilizada mayoritariamente en los cultivos bajo invernadero, donde no existe riesgo de lixiviado por lluvias». Los agricultores proponen además que se vuelva a permitir el uso de urea y de fertilizantes con nitrógeno en forma ureica y que no se prohíba el uso de los que contienen minerales con fósforo en suelos con los valores máximos establecidos en la ley.
Por otro lado, estiman que debe dejar de vetarse la instalación de nuevos invernaderos en el entorno del Mar Menor si estos se destinan a hidroponia o cultivo sin suelo.
En materia de sanciones, la propuesta refleja varias supresiones y rebajas. Las multas por infracciones leves, que en la actualidad van de los 2.000 a los 5.000 euros, se situarían en una horquilla de entre 600 y 3.000; las graves, fijadas entre 5.001 y 50.000, irían de 3.001 a 30.000. De igual modo, las muy graves, que pueden alcanzar hasta 500.000 euros quedarían en un máximo de 300.000. Para justificar la petición, el sector señala que el régimen sancionador debe ajustarse al principio de «proporcionalidad» según el impacto del incumplimiento.
Del mismo modo, se propone que la suma de dos infracciones leves solo se convierta en grave si estas se producen en el plazo de un año, en lugar de en el periodo de dos fijado actualmente. Y lo mismo para hacer que dos graves se consideren una 'muy grave'.
Las organizaciones que firman el informe, que consta de 45 páginas, consideran asimismo que debe ampliarse el número cosechas en los cultivos hortícolas de hoja que se realizan en invernadero y que cuentan con ciclos inferiores a 45 días, pasando de los tres ciclos permitidos actualmente a cuatro para hacer viable la explotación; y que la obligatoriedad de suministrar información del volumen de agua suministrada y de la monitorización en el riego con sistemas de medición, los agricultores piden que esta quede en una mera recomendación para las explotaciones a más de 1.500 metros y menos de 10 hectáreas de extensión.
La ley regional del Mar Menor establece que los materiales orgánicos para la fertilización de los cultivos no pueden aplicarse entre el 15 de septiembre y el 31 de octubre por ser fechas de «máxima pluviosidad», ni cuando esté activada la alerta por lluvias de la Agencias Estatal de Meteorología (AEMET). Para el sector, la prohibición debería limitarse a las alertas meteorológicas, sin que haya fechas predeterminadas. Respecto al almacenamiento de los excrementos generados por las explotaciones ganaderas, para los que la norma obliga a la aplicación de impermeabilización artificial, los firmantes piden que se exima de este requisito a todas aquellas que iniciaran el procedimiento de autorización ambiental antes de la entrada en vigor de la ley, y permitirles la impermeabilización natural, menos efectiva. Además, los empresarios también creen necesario cambiar la obligatoriedad de contratar a una Entidad Colaboradora de la Administración Agraria para el control de sus explotaciones y de un operador agroambiental para asesorar en el cumplimiento de la ley.
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