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EP/LA VERDAD
Martes, 9 de marzo 2021
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) desestimó este martes suspender cautelarmente la orden autonómica que establece una ocupación máxima del 30% en el interior de establecimientos de restauración y hostelería, con un máximo de dos personas por mesa, salvo convivientes.
En un comunicado, el TSJ de la Región de Murcia confirmó que el auto señala que no procede acordar la medida cautelar solicitada por la Federación Regional de Empresarios de Hostelería y Turismo de Murcia (Hostemur) de suspender la orden dictada por la Consejería de Salud el 2 de marzo. El tribunal consideró que «resulta prevalente la protección de la salud de la población sobre los legítimos e indiscutibles intereses económico/privados sostenidos» por los recurrentes.
El auto apunta asimismo que la «mayor duración de celebraciones en periodos vacaciones en lugares públicos, como lo es en este caso el de Semana Santa, implican gran cantidad de contactos físicos interpersonales y por ello un considerable aumento del riesgo de contagios«.
La norma aplicada durante la desescalada en el mes diciembre permitió a los bares ocupar entre el 30% y el 75% del aforo en función de los niveles de incidencia de los municipios. Sin embargo, en esta ocasión Salud ha decidido ser más restrictiva, ante la experiencia de la tercera ola.
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