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Sábado, 9 de diciembre 2017, 11:43
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una mujer que reclamó una indemnización de 150.000 euros a la Consejería de Sanidad por los padecimientos sufridos por el retraso en diagnosticarle un cáncer de mama.
En su demanda, expuso que en esa demora de diez meses tenía responsabilidad patrimonial la administración por el anormal funcionamiento del servicio público sanitario, por lo que tenía derecho a percibir la cantidad reclamada.
Al desestimar la demanda, la sala dice que el Servicio Murciano de Salud negó al oponerse a tenerla en cuenta que hubiera existido una indebida actuación profesional y cuestiona por estar emitido por un traumatólogo el informe médico que la paciente aportó y en el que basaba sus pretensiones, pues esa especialidad "no es la más adecuada para valorar la evolución de problemas oncológicos".
La administración admitió un retraso injustificado en el diagnóstico, pero no que de él se derivara un perjuicio para la paciente
Al desestimar el recurso, la sala dice hacerlo porque los informes aportados a la causa no conducen a acreditar que el tratamiento fuese incorrecto y añade que las consecuencias dañinas sufridas no se derivan de una demora en la atención, sino de su patología.
El tribunal tampoco considera acreditado que el trastorno adaptativo alegado por la paciente sea consecuencia de una incorrecta actuación médica, ya que esa preocupación y el temor alegados son consustanciales en toda persona que se enfrenta a un cáncer.
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