![Restricciones Murcia: Salud permite desde hoy la reapertura del ocio nocturno con los clientes sentados](https://s2.ppllstatics.com/laverdad/www/multimedia/202106/02/media/cortadas/1428741098-kAhC-RuI7E9iITOHdtA5MUnsADAK-1248x770@La%20Verdad.jpg)
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La Consejería de Salud permite desde este miércoles la reapertura del ocio nocturno hasta la una de la madrugada y con los clientes sentados, según se recoge en una nueva Orden publicada en el Boletín Oficial de la Región (Borm) que regulará las medidas antiCovid a aplicar durante la desescalada. Los pubs y discotecas fueron cerrados en julio de 2020, y desde entonces solo han podido reabrir aquellos que reconvirtieron su licencia para operar como bares o restaurantes. Ahora, ya no será necesario ese requisito, explican fuentes de Salud. En concreto, se establece que «los locales de ocio nocturno y discotecas, salas de baile, karaoke, pubs, bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, podrán realizar actividades de restauración y hostelería compatibles con su licencia o autorización, resultándoles de aplicación las mismas condiciones, requisitos y limitaciones de aforo y horario establecidas» al sector hostelero. Esto es, un límite del 50% en el aforo en interiores cuando el nivel de alerta municipal sea bajo o medio, y del 30% cuando la alerta sea alta. No se podrá servir en interiores cuando el riesgo sea muy alto. En terrazas, el aforo es del 100% independientemente del nivel de alerta.
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En los locales de ocio nocturno, «la actividad de baile queda suspendida, estando en consecuencia deshabilitadas las pistas de baile para su uso habitual, debiendo ocuparse con mesas y sillas», con un máximo de seis personas no convivientes por mesa, como en los bares. El consumo se realizará siempre en mesa, «no permitiéndose el baile ni la realización de actuaciones espontáneas o amateur de canto, salvo en el caso de los establecimientos de karaoke, que deberán disponer de un protocolo específico de actividad para la prevención del COVID en el que se contengan las medidas de prevención y control previstas para el desarrollo de la actividad».
En cuanto a las actuaciones en directo y de 'disc-jockey', se permitirán, pero con condiciones estrictas: los clientes deben ir provistos de mascarilla y no podrán consumir comida y bebida durante la actuación, «asegurándose una ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros con el público o de 3 si hay canto o instrumentos de viento».
La nueva Orden sustituye a la anterior normativa que regulaba las medidas a aplicar frente a la pandemia. Como adelantó el lunes el consejero de Salud, Juan José Pedreño, se revisan los criterios para calcular los diferentes niveles de alerta, de forma que se tendrá en cuenta no solo la incidencia acumulada a 14 o a 7 días, sino también la tasa de positividad en las pruebas PCR, la densidad de población del municipio y la presión asitencial.
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Además, se regulan las distintas actividades, incluidas los eventos multitudionarios, como ya avanzó Pedreño, con un máximo de 850 personas en interiores y 2.000 en exteriores en el nivel 2 de alerta, que es el vigente en estos momentos en la Región. También se permite la celebración de congresos, seminarios y jornadas con un máximo de entre 50 y 200 asistentes, en interiores, y de entre 100 y 400, en exteriores, en función del nivel de alerta.
En cuanto a las escuelas de verano y campamentos infantiles y juveniles podrán celebrarse con un máximo del 50% del aforo en participantes, con grupos divididos de no más de 15 personas. No obstante, «la posibilidad de desarrollar esta actividad podrá ser suspendida por la autoridad sanitaria en caso de nivel de alerta muy alto municipal».
En las piscinas, «la ocupación máxima permitida será del 75% por ciento de su aforo habitual». Se permitirá«el uso de tumbonas, hamacas, sillas o toallas extendidas en el suelo, que, cuando pertenezcan al establecimiento, deberán ser desinfectadas antes de la utilización por cada usuario».
En las playas, deberá respetarse la distancia de seguridad entre grupos de personas y entre sombrillas y otros elementos, según fija la norma. Se permite el «alquiler de tumbonas, hamacas, patines de agua, motos acuáticas o similares», aunque con desinfección tras su uso.
«Estará permitida la práctica de actividades recreativas individualmente o en grupo, que impliquen el uso de balones, pelotas u objetos de lanzamiento, siempre que se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad entre los jugadores y el resto de usuarios de la playa, y no se invadan las zonas ocupadas por estos».
En los parques de atracciones, parques acuáticos, zoológicos, acuarios, recintos feriales y atracciones de feria la ocupación máxima permitida será del 75% del aforo.
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