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EFE
Viernes, 20 de abril 2018, 08:58
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un Juzgado de Cartagena que respaldó la decisión adoptada por la administración de retirarle las prestaciones de desempleo por salir de España sin comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE).
El Juzgado lo Social, en la sentencia que ahora se confirma por el TSJ, declaró probado que el apelante salió del territorio nacional el 17 de septiembre de 2013 y permaneció fuera 25 días, sin que se lo hubiera comunicado al citado Servicio.
La sentencia apelada señaló asimismo que aunque había comprado el billete para el regreso, finalmente no pudo subir al avión por defectos en su documentación personal.
La Sala, al desestimar el recurso, dice que la citada ausencia, sin ser notificada la misma como se exige por la ley es causa suficiente para la extinción de las prestaciones por desempleo.
Y añade que la alegación hecha ahora de que había viajado a su país para visitar a su madre, que estaba enferma, no puede ser tenida en cuenta, al ser un hecho nuevo que no fue alegado durante la tramitación del expediente administrativo.
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