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EFE
Sábado, 9 de diciembre 2017, 11:03
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de un celador de un hospital que solicitó la declaración de incapacidad para su trabajo por las lesiones sufridas al recibir el rodillazo de un paciente en el quirófano.
La sentencia confirma la de un juzgado de lo social de Cartagena que rechazó su petición al considerar que las lesiones y secuelas alegadas no tienen suficiente entidad invalidante, por lo que acordó la absolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El juzgado declaró probado que el demandante sufrió el rodillazo en la región genital en abril de 2012 y que en julio de ese mismo año causó baja por sus efectos.
Con posterioridad se abrió un expediente para comprobar si no reunía las condiciones debidas para el desarrollo de su actividad habitual, pero el equipo de valoración de incapacidad concluyó que podía seguir en activo.
El juzgado recogió también en los hechos probados que el apelante sufre como secuelas de ese traumatismo una afectación crónica del nervio ilioinguinal y un trastorno ansioso-depresivo, entre otras patologías.
Al desestimar el recurso, la sala coincide con el equipo de valoración de incapacidad en que esas secuelas no le impiden desarrollar su labor y añade que otros informes aportados al proceso no demuestran lo contrario.
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