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EFE
Miércoles, 12 de junio 2019, 08:48
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha confirmado la multa de 20.000 euros que la Comunidad impuso a una empresa de Abanilla dedicada al tratamiento de subproductos cárnicos por almacenar al aire libre harinas procedentes de grasas animales. La sentencia acuerda, asimismo, anular sendas multas, por importe de 30.000 euros y 20.000 euros, que igualmente le fueron impuestas por una modificación sustancial de la autorización ambiental integrada sin la preceptiva autorización, además de por no comunicar a la Administración regional una modificación no sustancial.
En su recurso, la empresa afectada alegó que el almacenamiento al aire libre de las harinas no existió, ya que en realidad se trataba de material cuyo procesamiento no había terminado aún. Se trataba, según la apelante, de materiales depositados a la espera de ser reprocesados. La Sala asegura que «las actas de inspección constituyen prueba documental pública que no ha sido desvirtuada de contrario».
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