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Un momento de las jornadas organizadas por el despacho Ruiz y Gálvez en el hotel Nelva. G. CARRIÓN / AGM
La norma sobre control de horarios pone en un brete a las empresas

La norma sobre control de horarios pone en un brete a las empresas

Las compañías deberán controlar por ley la jornada diaria de sus trabajadores a partir del 12 de mayo y los expertos auguran «muchas sanciones»

Viernes, 3 de mayo 2019, 04:13

El próximo 12 de mayo entrará en vigor la nueva norma de registro de horario laboral que obliga a las empresas a controlar la hora de entrada y salida de todos los empleados. La ley, que amplía este registro a los trabajadores a tiempo completo, aterriza en el ámbito laboral generando muchas dudas sobre cómo se debe aplicar y con la amenaza de sanciones graves a las empresas que no la cumplan. «A partir del 12 de mayo muchas compañías de la Región van a estar expuestas a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo por la urgencia con la que se ha tramitado esta reforma, ya que la mayoría no están preparadas para lo que les viene encima en nueve días. El real decreto ley modifica en dos párrafos la regulación actual sobre el registro de jornada, pero ese mismo texto reconoce que se necesita un desarrollo reglamentario para llevarlo a efecto», advierte Juan Antonio Gálvez, abogado laboralista del despacho de Ruiz y Gálvez, que ayer organizó una jornada en el hotel Nelva para exponer los cambios que obliga a acometer la nueva medida.

Los expertos consideran que la ley exige a las empresas llevar un registro de horario de entrada y salida de los empleados, pero no aclara cómo tiene que hacerlo o qué sistemas son válidos. El GPS, la huella dactilar o el reconocimiento por voz son algunos de los sistemas propuestos para realizar ese control. Sin embargo, algunos de ellos pueden chocar frontalmente con la ley de protección de datos, tal y como alerta Faustino Cavas, magistrado suplente de la Sala Social del TSJ. «Las empresas no pueden establecer el sistema de control que quieran cuando están comprometidos los datos personales. Hay jurisprudencia del Tribunal Constitucional que dice que el sistema que se adopte tiene que ser idóneo, necesario y proporcional cuando están comprometidos los derechos fundamentales. No tendría mucho sentido implantar el registro por huella dactilar en un taller de coches o una cafetería, si se puede obtener ese control por medio de otro sistema menos lesivo para los derechos fundamentales». Así, el magistrado recuerda que ya hay sentencias que han declarado «nulos» sistemas de reconocimientos dactilar «porque no han superado ese test de proporcionalidad».

Otra de las incógnitas que deja la norma es la posibilidad de que un encargado sea el que valide la entrada y salida de los empleados sin que los trabajadores tengan que firmar de forma presencial. «En el ámbito agrícola sería lo más deseable. La norma dice que se debe garantizar el registro diario y este sistema podría ser válido, pero como el decreto es tan abierto a la interpretación, la sanción es posible», señala el letrado Gálvez.

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