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Agentes del Seprona inspeccionando una desaladora ilegal, en una imagen de archivo. LV
Los Alcázares pide una multa de un millón a dos empresas por vertidos al Mar Menor

Los Alcázares pide una multa de un millón a dos empresas por vertidos al Mar Menor

El Ayuntamiento ejerce la acusación contra unas compañías agrícolas por derramar 162.345 metros cúbicos de agua salobre desde una desaladora

Jueves, 20 de marzo 2025, 07:16

El primer juicio donde se harán valer los derechos del Mar Menor, en aplicación de la ley de personalidad jurídica de la laguna y su cuenca vertiente, tendrá entre sus protagonistas al Ayuntamiento de Los Alcázares. En una de las causas del 'caso Topillo 2', relativo a la contaminación del Mar Menor con nitratos, el Consistorio ejercerá la acusación, en nombre de este ecosistema, contra dos empresas agrícolas. A estas se las acusa de haber vertido 162.345 metros cúbicos de aguas de rechazo desde una desaladora entre los años 2015 y 2019. Y, según confirmaron fuentes municipales a LA VERDAD, el Consistorio –cuyo alcalde es el socialista Mario Pérez Cervera– ha solicitado para estas compañías una pena de multa de 1.012.274,88 euros y la suspensión de su actividad tres años, por un presunto delito contra el medio ambiente. El juicio se celebrará en Cartagena, en la Audiencia Provincial, en mayo de 2026.

En la instrucción de la causa, a través de sus servicios jurídicos, la institución alcazareña expuso al Juzgado de Instrucción 4 de Cartagena que un informe de la Sección de Biología del Instituto de Medicina Legal (IML) de Valencia acreditó que «de la actividad de desalobración de las mercantiles» se derivan daños generados por el vertido de salmuera cifrados en 506.137,44 euros. Según dicho estudio, los derrames causaron «un perjuicio sustancial en los sistemas naturales integrados en el Mar Menor que alcanza a la calidad de las aguas superficiales y subterráneas y, a través de estas, afecta a animales y plantas, con especial incidencia en el equilibrio natural constituido por los diversos hábitats que lo conforman».

Además, según el IML, «la desalobración de aguas freáticas, es decir, la extracción no autorizada de agua subterránea salobre para la generación de agua aceptable para la actividad agrícola, con la consiguiente producción de salmuera de rechazo que es vertida ilegalmente a la cuenca hídrica», pone en peligro el Mar Menor. Según el IML –cuyo ecotoxicólogo forense Luis Burillo actúa como perito judicial en el 'caso Topillo'– ese derrame, «bien por escorrentía superficial (ramblas, conductos), bien mediante su infiltración en el acuífero (balsas sin impermeabilizar, pozos), constituye un grave riesgo para el equilibrio del sistema natural». Ese peligro «resulta especialmente crítico sobre los hábitats acuáticos receptores», precisa.

El Consistorio, que hace valer los derechos de la laguna, insta a suspender la actividad de estas mercantiles tres años

Un espacio natural protegido

El Ayuntamiento agregó ante el juzgado que, según otro informe pericial, suscrito por un ingeniero agrónomo, «el agua de rechazo de sales (salmuera) entre los años 2015 y 2019 generado por la mercantil Ecosarete SL se cifra en 129.042,7 metros cúbicos, en función de las necesidades hídricas de los cultivos; y que, atendiendo al gasto de desincrustante dimanante de los informes del Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza) de la Guardia Civil, «el rechazo se sitúa en 143.884 metros cúbicos, existiendo unas diferencias de 14.841,3 metros cúbicos».

Asimismo, recoge el Ayuntamiento en su escrito, «del mismo informe se desprende que el agua de rechazo de sales (salmuera) entre los años 2015 y 2019 generado por la mercantil Datelio se cifra en 18.461 metros cúbicos en función del gasto de desincrustante dimanante de los informes del Seprona». «La utilización de instalaciones de desalación de aguas salobres –indica el Consistorio– se realizó con plena consciencia de que su uso, y el vertido de rechazo que generaban, requerían de la previa autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura, tal y como exige el artículo 13 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y los artículos 83 y 93 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico».

En consecuencia, indica el representante legal del Ayuntamiento de Los Alcázares, «la comisión de las conductas tipificadas como delitos contra el medio ambiente, descrita y acreditada mediante informes científicos y periciales, ha perjudicado gravemente el equilibrio de los sistema naturales presentes en el Mar Menor y su cuenca; han producido un riesgo de deterioro catastrófico; y han dañado gravemente los elementos que han servido para calificar los espacios naturales protegidos referidos al Mar Menor». De ahí que el Consistorio considera que, a la hora de fijar una pena, se debe aplicar «los tipos agravados establecidos en los artículos 325.2, 327 a) y e) y 330 del Código Penal».

Fiscalía y otras acusaciones

Este diario publicó en febrero que, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en estas diligencias penales consta que, junto a la Fiscalía, hay diez acusaciones. Se trata de Greenpeace España, Ecologistas en Acción Región de Murcia, Pacto por el Mar Menor, Comisión Promotora de la Iniciativa Legislatura Popular (ILP) para el reconocimiento de la personalidad jurídica del Mar Menor y Sociedad Española de Ornitología; Asociación Alianza Mar Menor (Amarme); y los ayuntamientos de Los Alcázares, San Javier, Cartagena y Murcia.

Por el momento, ha trascendido la posición del Ayuntamiento alcazareño, que va más allá de los informes del IML. Entiende que la valoración pericial «se limita a los daños causados a la calidad del agua y otros elementos del dominio público hidráulico, conforme a las reglas de valoración de la legislación hidrológica». La corporación local argumenta que, «en el grave estado ecológico actual del Mar Menor, se evidencia y se ha acreditado también daños a otros recursos, como son las especies silvestres de fauna y flora, a hábitats protegidos y, en definitiva, a todo un ecosistema lagunar y sus recursos naturales asociados y los servicios que tales recursos naturales venían prestando».

«Ante la evidente producción de un daño medioambiental significativo, y para la cuantificación del mismo y de su posterior preceptiva reparación, según el Consistorio procede la aplicación» de la Ley de responsabilidad medioambiental, en una cuantía de al menos 506.137,44 euros.

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