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Los damnificados por las ayudas, ayer, en el balcón principal del Ayuntamiento a donde salieron para tomar el fresco.

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Los damnificados por las ayudas, ayer, en el balcón principal del Ayuntamiento a donde salieron para tomar el fresco. paco alonso / agm

Fomento suspende los 159 embargos de Lorca y envía una carta nominativa a los afectados

El requerimiento era uno de los puntos principales del borrador enviado por los damnificados que exigen su rúbrica para acabar con el encierro

Sábado, 27 de octubre 2018, 00:23

Los afectados por la devolución de las ayudas por los terremotos se han sorprendido este viernes al recibir una comunicación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la que se les notificaba la suspensión de los embargos. La Consejería de Fomento cumplía así -en menos de 24 horas- con una de las principales reivindicaciones de los damnificados. Esta petición figura en el borrador del acuerdo entre el Gobierno de la Región de Murcia y la Plataforma de Afectados por la devolución de las ayudas por los terremotos que en la noche del pasado jueves los damnificados hicieron llegar a la Consejería de Fomento a través de la Alcaldía y al que ha tenido acceso 'La Verdad'.

Fomento lo remitió a la Comunidad Autónoma y este viernes ya efectuó las especificaciones a los siete puntos en que resumió el borrador. Sin embargo, el acuerdo entre el Gobierno de la Región de Murcia y la Plataforma de afectados únicamente podría ser «una mera declaración de intenciones, un documento de buena voluntad, que no podría firmarse por razones legales», según habrían puesto de manifiesto los asesores de la Comunidad Autónoma. El documento es un resumen que refleja por escrito todo lo que se ha dicho en las últimas horas de forma verbal en los distintos encuentros entre Fomento, Ayuntamiento y Plataforma de afectados, según señalaron ayer desde el Gobierno regional.

Los damnificados pedían en el borrador de ese acuerdo la «cuantificación de los expedientes pendientes de justificación y determinación de los recursos humanos necesarios para su tramitación». La posición del Gobierno regional -enviada a la Alcaldía este viernes y que ya podría estar en manos de los afectados por las ayudas o en las próximas horas- es que «ya se ha dado orden para la suspensión de los 159 embargos en aplicación de la ley 8/2018 y se han enviado cartas nominativas en las que se notifica la suspensión realizada». Por lo tanto, el primer punto estaría ya resuelto. En el segundo, piden la «paralización de la vía de apremio a los afectados».

Las claves

  • Embargos «Se han suspendido los 159 y enviado una carta nominativa notificando la suspensión realizada»

  • Apremio a los afectados «El consejero procedió en el minuto uno de tener conocimiento de un apremio a suspenderlos»

  • Calendario de cumplimiento «La Ley establece un año para justificar. Acortar el plazo va en perjuicio de los propios afectados»

  • Prescripción «El derecho a exigir el reintegro de las ayudas se determinará por los servicios jurídicos»

Suspensión de apremios

El consejero de Fomento, Patricio Valverde, «procedió en el minuto uno de tener conocimiento de un apremio ejecutado a suspender todos, salvo cuatro casos: renuncia voluntaria a la ayuda, no ejecución de la obra, haber recibido otras ayudas del Consorcio que sumada a la ayuda concedida superen el coste de la reparación o del Estado, en cualquier caso de reintegro. Las excepciones tendrá que valorarlas la Comisión Mixta», apuntan en el escrito.

En cuanto a la «Aplicación inmediata de la Ley 8/2018 con cierre paulatino de los expedientes y calendario de cumplimiento», que planteaba la Plataforma en el borrador del acuerdo, la posición de Fomento es que «la Ley establece el plazo de un año para justificar, y posteriormente, en la fase de comprobación de la justificación, se realizará un muestreo del 20 por ciento de los citados expedientes. Acortar el plazo va en perjuicio de los propios afectados».

Sobre la «compatibilidad de ayudas públicas e indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros para la rehabilitación de las viviendas», las apreciaciones son que «el RD [Real Decreto] 6/2011 establece que el coste de reparación no superará las ayudas concedidas tanto de la Comunidad Autónoma como del Consorcio. Las excepciones de compatibilidad de ayudas por el coste real deberán ser, en su caso, valoradas por la Comisión mixta».

El acuerdo «solo puede ser una declaración de intenciones», por razones legales

La prescripción del derecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a exigir el reintegro de las ayudas, solicitada por los damnificados, se determinará -según Fomento- «por la dirección general de los servicios jurídicos». Y a la comisión para el estudio de expedientes singulares, otra de las cuestiones planteadas por los encerrados, contestan que «según convenio vigente suscrito entre Ministerio de Fomento, Comunidad Autónoma Región de Murcia y Ayuntamiento de Lorca, para la gestión de las ayudas a los damnificados por los terremotos de Lorca, de fecha 17 de mayo de 2011, el Ayuntamiento como entidad colaboradora y gestor de la Oficina del terremoto atenderá los expedientes singulares que serán tratados en la Comisión mixta».

Finalmente, muestran su interés por las «subvenciones ya reintegradas», a lo que se argumenta que «la Ley 8/2018 establece que todos los expedientes de justificación de ayudas, con orden de reintegro que no sea firme en vía administrativa, podrán acogerse a la presentación del nuevo modelo de justificación». Y añaden que «dado que se ha concedido el plazo de un año y un nuevo sistema de justificación, no procede la resolución de los recursos de reposición, al menos hasta que transcurra el nuevo plazo de justificación, porque iría en perjuicio de los interesados». Los encerrados esperan la rúbrica del acuerdo para así abandonar el Ayuntamiento.

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