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Fin a la pesadilla judicial para los anteriores componentes del Grupo de Estupefacientes de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en Cartagena. Al archivo ... de la causa contra ocho agentes de esa unidad acusados de proteger a un clan local de traficantes de drogas a cambio de que delataran a otros, le ha seguido el carpetazo a la imputación adicional de uno de esos policías por haber sustraído presuntamente un teléfono móvil de alta gama decomisado a un narco durante su detención con seis kilos de cocaína en la ciudad portuaria en 2019.
El 24 de febrero, LA VERDAD desveló que el Juzgado de Instrucción 5 de Cartagena exculpó a los ocho agentes de los supuestos delitos de falsedad documental, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho y omisión del deber de perseguir delitos. Y solo unos días después, el 7 de marzo, ese mismo juzgado acordó después de cinco años el sobreseimiento provisional de la causa relativa al teléfono, que fue valorado en 818 euros.
En un auto, al que ha accedido este diario, el juzgado dictó el archivo de la investigación penal al no hallar indicios de un delito de hurto o apropiación indebida del terminal de O. A. F. O., ciudadano de origen colombiano arrestado con los citados 6 kilos de cocaína el 11 de abril de 2019, en el parking de un centro comercial cartagenero. La denuncia contra el agente partió de este individuo, arrestado ya en 2016 en Cartagena con 10 kilos de cocaína y condenado por ello en octubre de 2019 a cuatro años de prisión. Se trata, además, de la misma persona que denunció la supuesta trama de connivencia entre narcos locales y los 'estupas' de la comisaría, cuyo grupo quedó desmantelado a raíz de la investigación judicial y de la de Asuntos Internos (que inicialmente vio indicios de irregularidades).
La jueza del caso relativo al teléfono -una pieza separada de las diligencias contra los ocho agentes- asume el criterio de la Fiscalía, que no apreció «una efectiva incorporación material del bien al patrimonio del agente», ni que este pretendiera quedárselo. Apunta al «uso indebido» del móvil durante casi nueve meses. Pero lo atribuye a un «error, descuido o inadecuados protocolos de actuación cotidiana» y concluye que los hechos no supondrían un delito, por lo que no cabe abrir juicio oral.
«Ciertamente consta asociado a dicho teléfono la tarjeta del agente investigado, y previamente la de su pareja, evidenciándose por tanto la posesión del teléfono desde el día 15 de abril de 2019, cuatro días después de la detención de O., hasta el día 8 de enero de 2020, fecha en la que el agente investigado lo entregó al subinspector para su entrega y depósito en el Plan Nacional de Drogas, en el Depósito Judicial de Murcia», situado en el polígono industrial de Librilla, explica la fiscal que examinó los hechos, denunciados por el propietario del móvil.
Según consta en la causa, el día anterior el policía «supuestamente recibió una nota anónima en la Comisaría, en la que se decía que estaba siendo investigado 'por quedarse con cosas de los registros'». Y en la hoja de custodia de O. no venía que, entre sus efectos personales al ser detenido, «portara dicho terminal telefónico», alegó el letrado del denunciante.
En todo caso, tras distintas pesquisas la Fiscalía concluyó que no hay indicios racionales de delito. El Ministerio Fiscal recuerda que «el agente investigado reconoció que se le intervinieron varios teléfonos al detenido, así como haber usado uno de estos teléfonos». El policía «manifestó que lo cogió de la propia Comisaría, en concreto del lugar donde estaban las cosas de las que se solicitaba el uso policial, en el despacho del Jefe de Grupo, y lo hizo porque estaba convencido de que se había solicitado el uso».
El agente alegó «que cuando el compañero le indicó que finalmente no tramitaron la solicitud, porque no encontraba el oficio, lo entregó en el depósito judicial. Y que primero introdujo la tarjeta de su pareja para probarlo y posteriormente la suya y que no pidieron su volcado, porque entendían que los hechos que investigaron estaban suficientemente acreditados y no era necesario».
A la fiscal le «llamó la atención el descuido o posible relajación por parte de los agentes en la reseña, custodia y solicitud de uso de efectos que podían tener un interés en la investigación y que, en cualquier caso, pertenecían a un tercero al que se le habían incautado por la posible comisión de un delito a resultas del procedimiento». Pero concluyó: «Si bien ello puede tener una repercusión a nivel disciplinario u organizativo, no colma las exigencias del tipo penal».
La jueza recoge que la fiscal «entiende que las explicaciones dadas por el agente son plausibles y parecen corroboradas por la propia dinámica de comisión de los hechos». Y ello, porque «dada la experiencia profesional del agente, es contrario a toda lógica entender que tuviera la verdadera voluntad de apoderarse del teléfono y precisamente insertara su tarjeta de telefonía y lo empleara durante meses, lo que suponía un rastro ineludible de su autoría».
«Por el contrario -zanjó la fiscal-, ello induce a pensar que efectivamente, el agente, por error, descuido o inadecuados protocolos de actuación cotidiana, estimó que dicho teléfono, como ocurre en otras ocasiones, era uno de los que iba a solicitarse y probablemente autorizarse el uso. Teléfono que, a la postre, no fue objeto de venta o transacción alguna por el agente, sino simplemente empleado y finalmente aportado por este al Depósito Judicial».
La investigación principal de la que se desgajó la causa contra el policía nacional acusado de apropiarse del móvil de alta gama de un detenido por tráfico de drogas ha tenido también un final feliz para un policía local de Cartagena. Según ha confirmado LA VERDAD, el Juzgado de Instrucción 5 de la ciudad dictó un auto en el que descartó el procesamiento de un funcionario municipal «ante la ausencia de indicios, al menos suficientes, de criminalidad».
El agente fue investigado a raíz de unas conversaciones telefónicas del año 2020 con un individuo al que llamó para, presuntamente, «pedirle sustancia estupefaciente (bajo la palabra en clave 'bicicletas')». Además, según el juzgado agentes municipales pararon al interlocutor del policía investigado y lo multaron, pero el agente bajo sospecha dijo supuestamente al sancionado que si era «de los suyos» le llamara.
El juzgado concluyó que «la primera cuestión (comprador o consumidor de sustancia estupefaciente) no es constitutiva de infracción penal». Y sobre la segunda, «no existen elementos suficientes, indicios que permitan, en términos de probabilidad, determinar que este investigado, en su condición de agente de Policía Local, pudo llevar a cabo actuación delictiva (omisión del deber de perseguir determinados delitos, cohecho u otro de similar naturaleza)».
Sí que fueron procesadas otras 39 personas, detenidas por efectivos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en redadas contra el tráfico de drogas en los barrios cartageneros de Las Seiscientas y Los Mateos en los años 2019 y 2020.
Varios imputados presentaron recursos ante la Audiencia Provincial para que se archiven sus causas y evitar el juicio. Entre los procesados está el ciudadano colombiano que denunció la presunta apropiación de su móvil por parte de un policía nacional. A otro procesado lo acusan de tenencia ilícita de munición.
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