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Residencia López Ámbit en una imagen de archivo. CARM
Un juez anula la orden del IMAS de cesar al director de la residencia López Ámbit

Un juez anula la orden del IMAS de cesar al director de la residencia López Ámbit

El magistrado estima que la resolución tuvo una «motivación irreal» y obliga a pagar las nóminas que dejó de percibir el funcionario

Miércoles, 5 de octubre 2022, 00:58

El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Murcia, Juan González Rodríguez, ha dado la razón al exdirector de la residencia para personas con discapacidad Julio López Ámbit, Ramón Murcia, en su litigio contra el organismo dependiente de la Consejería de Política Social. Ramón Murcia, un funcionario galardonado por la Comunidad Autónoma por el desempeño de sus servicios, denunció hace unos meses la «arbitrariedad» e «ilegalidad» de la decisión de los responsables del IMAS de cesarle al frente de la residencia, decisión que también fue contestada por la asociación de padres del centro.

El IMAS alegó entonces que la salida de Murcia respondía a «necesidades del servicio y organizativas, y dentro de un plan de reestructuración de las direcciones de los centros residenciales dependientes del IMAS». Supuestamente, según las mismas explicaciones, se iban a «iniciar distintos procesos para la selección de perfiles más adecuados a los nuevos modelos de gestión que se van a implantar en estos centros con arreglo a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad». El IMAS también consideraba que el perfil de Ramón Murcia «no es el adecuado en estos momentos, ya que estos modelos se van a centrar en un cuidado más especializado de las personas y necesitar otros perfiles profesionales».

«No hay prueba que acredite la realidad del plan de reestructuración de las direcciones de los centros residenciales», explica la sentencia

Ahora, el magistrado Juan González Rodríguez estima que la resolución fue «contraria a derecho», deja sin efecto la orden y obliga al departamento dirigido por Raúl Nortes a abonar las nóminas que Ramón Murcia dejó de percibir desde su cese hasta su jubilación, que se produjo casi un año después. En la sentencia, a la que ha tenido acceso LA VERDAD, el juez se muestra contundente al desbaratar el mecanismo utilizado por el IMAS para justificar la revocación de la comisión de servicios de Ramón Murcia. Según el magistrado, «la motivación es irreal porque no está respaldada por datos objetivos que prueben la coherencia de la decisión adoptada».

Continuaba vacante

Más de un año después de la finalización de la comisión de servicio, explica el juez, el puesto que ocupó Ramón Murcia al frente de la residencia Julio López Ámbit «continuaba vacante, ofertándose para ser cubierto». Esta prueba, según el magistrado Juan González Rodríguez, demuestra que las razones que se ofrecieron por parte del IMAS «no eran reales ni constatables pues no es contradicha por otra prueba que acredite la realidad del 'plan de reestructuración de las direcciones de los centros residenciales dependientes del IMAS'».

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