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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Murcia ha anulado la multa de 200 euros que un policía local impuso a una conductora en Murcia por circular por un carril reservado para autobuses. El magistrado explica en la sentencia, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, que el agente no llegó a notificarle la sanción a la mujer en el momento y no justificó debidamente en el acta los motivos que le llevaron a no hacerlo.
El juzgado estima el recurso contencioso-administrativo que la defensa de la conductora, que ejerce el abogado Francisco Luis Valdés-Albistur, presentó contra la resolución del Ayuntamiento de Murcia que la condenaba al pago de 200 euros. Esta parte alegó que el agente incumplió la obligación de notificar la denuncia en el acto. Remarcó, además, que el policía fue incapaz de justificar la razón por la que no se había llevado a cabo esa notificación.
El magistrado explica, en la sentencia, que el boletín de denuncia recoge, como motivo para no notificar la denuncia en el acto, que el agente se encontraba en labores de vigilancia y control en ese momento. Un argumento que, sin embargo, no convence al juez. «Encontrarse el agente realizando labores de vigilancia y control del tráfico no es motivo suficiente para dejar de notificar una denuncia en el acto», remarca. Contra esta resolución no cabe ya recurso.
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