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La valoración del riesgo que entraña el régimen de visitas para los hijos de los padres acusados de malos tratos es un quebradero de cabeza para jueces y fiscales. La entrada en vigor de la reciente reforma del Código Civil podría cambiar las tornas e impedir estas visitas, pero, por el momento, el asunto sigue encima de la mesa y la judicatura y el Ministerio Público cuentan para la toma de decisiones con el apoyo de los forenses. Una ayuda que, sin embargo, advierte la Fiscalía, no está exenta de diversas «incidencias».
En su informe, las fiscales especialistas en Violencia de Género aplauden la importante labor que desarrollan las unidades de valoración forense, dependientes del Instituto de Medicina Legal (IML), pese a sus escasos recursos. Lamentan, no obstante, que los informes que estos especialistas deben emitir para valorar la posible vulnerabilidad de algunos menores –cuyos progenitores han sido denunciados o condenados por malos tratos– están sufriendo «incidencias» respecto al plazo de su emisión y a la falta de examen personal.
Ante la escasez de medios, estos documentos se elaboran sin que el menor sea citado en el Instituto de Medicina Legal y basándose en la documental que ya obra en la causa. Así la mayoría de las veces ratifican el nivel de riesgo fijado en la valoración de riesgo policial, y en función de ello se fijan pautas para establecer o en su caso suspender el régimen de visitas de los hijos de la mujeres víctimas de violencia de género.
Las fiscales explican que en el caso de los informes de valoración integral, que sí se llevan a cabo con todas las garantías, el tiempo medio de elaboración son cuatro meses. «De nuevo el interés de los hijos menores queda a nuestro juicio desprotegido», remarcan las especialistas en esta materia.
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