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EFE
Viernes, 12 de julio 2019, 08:02
La Sala de lo Contencioso del TSJ ha desestimado el recurso de una paciente que reclamó una indemnización de 224.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) al considerar que sufrió un error de diagnóstico que la Administración debía afrontar por la vía de la responsabilidad patrimonial.
En su recurso ante el tribunal, la demandante pidió que se revocara la orden del SMS de octubre de 2015 por la que se desestimó la reclamación que había planteado inicialmente por vía administrativa. Y añadió que el SMS era responsable patrimonial de lo ocurrido al considerar que se le habían producido una serie de daños y perjuicios como consecuencia del retraso sufrido en la obtención de un diagnóstico objetivo y precoz por los especialistas del Hospital Morales Meseguer.
La recurrente alegó que debían tenerse en cuenta las consecuencias de la intervención quirúrgica y las complicaciones que surgieron con posterioridad. Expuso que acudió al citado hospital en noviembre de 2006 al presentar dolor y estreñimiento desde tres días antes. Sin embargo, siempre según la reclamación, no se descubrió la patología que realmente sufría, lo que determinó que un pequeño problema de suboclusión intestinal terminara en un síndrome de intestino grave.
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