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EFE
Sábado, 28 de julio 2018, 15:08
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que declaró procedente el despido de una empleada de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos por haberse apoderaro de 90 euros.
El Juzgado de lo Social declaró probado que la trabajadora comenzó a prestar sus servicios como empleada laboral fija en diciembre de 2008 y con categoría profesional de jefe de equipo 2.
En diciembre de 2017 se le entregó la carta de despido, por los hechos que se recogían en la misma.
El relato de hechos probados señalaba igualmente que en dos ocasiones, en julio de 2016, «dispuso de un dinero propio del servicio pública que gestiona la demandada por importe de noventa euros y que hizo constar como 'billetes falsos'».
«La demandante -añadía el relato-, estando de vacaciones y avisada de que se estaba realizando una auditoría por los descubiertos, compareció en la oficina y procedió a reponer el dinero».
En su recurso, que no ha prosperado, la despedida alegó que era habitual que las cajas no cuadrasen y que en una ocasión faltaron 100 euros, que tuvieron que se repuestos por el director de la oficina, sin que ello supusiera su despido, «porque sigue desempeñando su cargo».
También indicó que a lo largo de su vida laboral no había recibido una formación específica para el desempeño del cargo de jefe de equipo, «habida cuenta que su ascenso fue por movilidad funcional, y no por concurso-oposición».
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