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EFE
MURCIA
Jueves, 23 de noviembre 2017, 08:10
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado el recurso de un vigilante de seguridad, que reclamó la incapacidad permanente por las secuelas del atentado terrorista que sufrió cuando tenía solo diez años de edad.
La sentencia señala que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó las prestaciones de invalidez al considerar que las lesiones no tienen un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral.
El demandante acudió a la jurisdicción social, pero el tribunal respaldó la decisión del citado organismo, por lo que aquel acudió al TSJ, donde sus pretensiones tampoco han prosperado.
El juez declaró probado que este trabajador padeció las consecuencias de la explosión de un coche bomba, entre las que figuraban un trastorno de estrés postraumático. Pese a ello, señalaba que ni está actualmente en tratamiento ni pendiente de revisión médica y que las lesiones no han sido un obstáculo para que ser contratado como vigilante.
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