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El Consejo Interterritorial de Salud abordará este miércoles la suavización de la norma que obliga al uso de la mascarilla en playas y piscinas en todo momento. El Ministerio de Sanidad cree que hay resquicio legal para una interpretación flexible de la ley, que entró en vigor a finales de marzo. En el borrador enviado a las comunidades autónomas se plantea que no sea obligatorio el uso de la mascarilla ni durante el baño ni mientras se está descansando, tomando el sol o bajo la sombrilla, siempre y cuando la distancia con personas no convivientes sea superior al metro y medio. Tampoco será necesario utilizar esta protección durante «la práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial».
El documento, al que ha tenido acceso LA VERDAD, establece que la mascarilla sí que habrá que utilizarla durante «el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales», así como en «el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos».
Comunidades y Ministerio tratan así de solucionar un problema del que nadie se percató hasta que el pasado 29 de marzo se aprobó la ley que obliga al uso de la mascarilla, sin excepciones, «en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público». Solo quedan exentos los menores de seis años, quienes tengan enfermedades respiratorias y quienes estén practicando deporte. Esta norma es fruto de una larga tramitación parlamentaria que buscaba actualizar un decreto ley en vigor desde mayo del año pasado, cuando el Gobierno central estableció la utilización obligatoria de esta medida básica de protección frente a la Covid siempre que no se pudiera guardar una distancia interpersonal de 1,5 metros.
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La mayoría de comunidades, entre ellas la Región de Murcia, aprobaron sus propias normativas eliminando ese matiz del metro y medio interpersonal, sobre todo a raíz de nuevos estudios científicos que revelaron la importancia de la transmisión por aerosoles. «La distancia de seguridad puede ser en ocasiones una medida, por sí sola, cuya eficacia no es definitiva. Así han parecido entenderlo, en su mayoría, las autoridades sanitarias autonómicas, que han impuesto el uso de mascarilla en exteriores, con independencia de que se pueda o no mantener la distancia de seguridad», recuerda de hecho el Ministerio en el borrador que este miércoles se analiza en el Consejo Interterritorial. Sin embargo, estas mismas comunidades, entre ellas Murcia, sí que fijaron, como excepción al uso obligatorio de la mascarila, las playas y piscinas al aire libre.
Pero la nueva ley estatal no incluye esta salvedad, y ahora el Ministerio trata de encontrar una solución a esta falta de previsión durante la tramitación parlamentaria. Para comunidades como la Región de Murcia, que tienen la vista puesta en una recuperación paulatina de la actividad turística en función de la evolución de la pandemia, este asunto es clave.
En el borrador que este miércoles aborda el Consejo Interterritorial se plantean como actividades incompatibles con la mascarilla «el baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas», así como la práctica de deporte en el medio acuático. Tampoco habría que usar la mascarilla en «los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo». «En el caso del descanso en las playas, ríos o en entornos asimilados, el citado periodo solo podrá extenderse a aquél en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados», se especifica en el documento. Hay otros matices: «En el caso de piscinas cubiertas o en el caso de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por periodo de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad».
La mascarilla tampoco se exigirá durante «los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado». Sin embargo, sí se mantendrá la obligatoriedad de su uso en los accesos a playas, ríos y piscinas y durante los paseos en la playa. También en «vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas», así como en los chiringuitos mientras no se esté comiendo y bebiendo, como ya ocurre en todos los locales de hostelería.
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