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EFE
Sábado, 8 de febrero 2020, 11:48
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el trabajador de una cadena de montaje que fue despedido por acudir ebrio en varias ocasiones a su puesto laboral.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada en noviembre de 2018 por un juzgado de lo social de Cartagena que declaró procedente su despido. El juzgado declaró probado que un día acudió al trabajo con evidente olor a alcohol y que su situación era tal que sus propios compañeros lo pusieron en conocimiento del encargado, quien se ofreció a llevarlo de vuelta a casa, a lo que se negó. Al día siguiente llegó en las mismas condiciones, y, de nuevo, los demás trabajadores lo comunicaron a sus jefes. Indicaba también la sentencia que en las dos ocasiones en las que llegó oliendo a alcohol al trabajo hablaba poco en su para que no se le notara el estado en el que se encontraba.
La Sala, al confirmar la sentencia, recuerda que el demandante ya había sido sancionado en dos ocasiones por el mismo motivo, en 2013 y 2016.
Dice el TSJRM al desestimar su recurso que ir bebido es incompatible con el trabajo y con su propia seguridad y la de sus compañeros, máxime si, como ocurre en este caso, su labor se desarrollaba en una cadena de montaje, donde se usaban taladros y herramientas hidráulicas, así como una grúa-oruga.
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