

Secciones
Servicios
Destacamos
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia «niega que existan 800 expedientes sin tramitar en relación a la protección del Mar Menor». De este modo, el Gobierno Regional asegura que es «rotundamente falso que exista una dejación del ejercicio de las competencias de la Comunidad en esta materia, tal y como ha dicho hoy la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, tras la celebración del Consejo de Ministros».
Después de anunciar que el Gobierno Central denegaba la catalogación del Mar Menor como 'zona catastrófica, Rodríguez arremetió contra el Ejecutivo murciano: «No es una pelea de competencias, sino una dejación del ejercicio de las competencias que tiene encomendadas el Gobierno de la Región de Murcia», apostilló.
Según el Gobierno Regional, «a fecha de hoy» tienen abiertos «113 expedientes de restitución de regadío ilegal, sobre una superficie total de 2.130 hectáreas. Se trata del total de los expedientes recibidos de la Confederación Hidrográfica del Segura, por lo que no existe ninguna orden sin tramitar».
La Comunidad señaló que las competencias en cuanto a las sanciones de los regadíos ilegales dependen del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, continuando con la 'guerrilla' política en lugar de actuar, como critican algunos partidos políticos como Ciudadanos o Vox.
«En materia de regadíos ilegales, es la Confederación Hidrográfica del Segura (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) el que debe sancionar el uso ilegal de agua y cesar ese riego, tras lo cual da traslado a la Consejería para que inicie el procedimiento de restitución. Por este motivo, solo la CHS es competente para acabar con el regadío ilegal y el daño que éste ocasiona al medio ambiente», afirmó la CARM a través de un comunicado de prensa.
Además, el Ejecutivo de López Miras afirma que la «única competencia» que tienen «en materia de regadíos ilegales es la de obligar a la restitución del terreno a su estado original» y que la están poniendo en práctica «debido a la inacción de la Confederación Hidrográfica del Segura para llevar a cabo este trámite final, tal y como le compete según queda establecido en el artículo 118 del texto refundido de la Ley de Aguas«.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.