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La Universidad Católica San Antonio (UCAM) emitió ayer tarde un comunicado en el que se deja constancia de su voluntad de recurrir la resolución dictada por la magistrada María del Mar Azuar, a la vez que se insistía en que «la legalización de estos pabellones desmontables (dedicados a aularios y otros servicios universitarios), en el tipo de suelo sobre el que se asientan (no urbanizable sin protección) está perfectamente regulada por ley».
Seguidamente se advierte de que «prueba de ello es que la concesión de autorizaciones como la solicitada por la UCAM es una práctica administrativa habitual, teniendo constancia esta institución de la concesión de decenas de ellas a edificaciones en el mismo tipo de suelo, aun careciendo la actividad y la persona que la presta la consideración de interés público».
«La UCAM, en cambio, sí cuenta con esta (la consideración de interés público), dado que la actividad de enseñanza superior está legalmente considerada como tal, y porque su titular, la Fundación Universitaria San Antonio, está declarada de interés público por Orden Ministerial», argumenta el portavoz de la institución docente en esa nota, con lo que viene a apuntar a que la institución docente estaría sufriendo un trato desigual frente a otras personas e instituciones. En esta línea deja constancia incluso de que es «especialmente llamativo» el que se haya otorgado «la legalización y ampliación a una explotación porcina en sistema de camping, lo que supone reconocer ese interés (social) precisamente al tipo de explotación ganadera más contaminante que existe».
En su comunicado, la UCAM recuerda en que «en el año 2011 la Administración regional dio a la UCAM una autorización como la solicitada para estos pabellones, en la misma zona y sobre el mismo tipo de suelo, y se motivó por no disponer de otro en el que desplegar su actividad y asumir su crecimiento. Esta situación persiste en la actualidad, ya que a pesar de que esta universidad ha culminado el proceso urbanístico de su zona norte, con todas las autorizaciones legales y una inversión millonaria, la Administración le impide ahora edificar en ella para establecer allí su crecimiento».
Por lo que se refiere al suelo sobre el que fueron levantados esos edificios, se afirma que «está regulado por el Plan General de Murcia (PGMO) como no urbanizable sin protección, ni general ni especial, ni municipal ni autonómica o estatal. Y sobre la porción concreta objeto de la solicitud, permite de manera expresa la implantación de actividades docentes».
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