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EFE
Miércoles, 8 de mayo 2019, 09:29
El ayuntamiento de Murcia ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región a indemnizar a un vecino con el valor de los terrenos que ocupó por la vía de hecho en 1997 para ensanchar una acera sin haber contado previamente con el permiso de su dueño.
La Sala de lo Contencioso del TSJ, en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, señala que la superficie ocupada fue de 256 metros cuadrados, cuyo valor deberá afrontar ahora el consistorio.
Afirma el tribunal que no se ha demostrado que el dueño de los terrenos, ya fallecido, ni su hijo y heredero, que es el que ha planteado este pleito, fueran informados previamente de las obras que se iban a llevar a cabo y que suponían la ocupación de ese espacio.
La sentencia declara la nulidad de la resolución por la que se entendía desestimada, por la vía del silencio administrativo, la solicitud instada por el reclamante en noviembre de 2015.
El tribunal concede al ayuntamiento el derecho de optar entre iniciar el expediente indemnizatorio «o devolver el terreno ocupado ilícitamente mediante el trazado de una nueva alineación de la acera».
La Sala señala que no se ha demostrado que existiera una expresa voluntad por parte del dueño de cederlo y que el hecho de que la pavimentación mejorara ese espacio «no indica que existiera una cesión tácita».
Y añade que se llevó a cabo una privación singular del mismo -ubicado en una pedanía murciana- sin observar los trámites previstos en la Ley de Expropiación Forzosa.
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