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Cinco años de prisión es la pena que la Audiencia Provincial de Murcia ha impuesto a Antonio Martínez González, conocido popularmente por el sobrenombre de ' ... El Melonero', por haber estafado a una decena de familias británicas con la venta de viviendas en la pedanía murciana de Gea y Truyols. El tribunal también castiga con cuatro años de prisión a quien fue su socio y amigo, Rafael Aguilera Serna, por esos mismos hechos, que básicamente consistieron en haber gravado con hipotecas unas viviendas que ya no pertenecían a Solera El Trampolín, pues habían sido previamente enajenadas en favor de esos clientes británicos.
La Audiencia Provincial considera probado que la estafa se cometió allá por los años 2007 y 2009, cuando los dos socios, actuando en nombre de la citada empresa promotora, registraron a nombre de Solera El Trampolín una serie de viviendas que ya habían vendido en contratos privados a clientes británicos. Estas familias no solo habían abonado para ese momento la mayor parte del precio de los inmuebles, sino que además se encontraban viviendo ya en ellos desde hacía largos meses. Y es que, aunque se estaba pendiente de escriturar las casas, Solera El Trampolín les había hecho entrega de las llaves.
De esa manera, los compradores se encontraron más tarde con hipotecas que superaban los 100.000 euros por cada residencia, de cuya existencia solo se enteraron cuando, en algunos casos, fueron a revender sus propiedades. Esta circunstancia les obligaba a subrogarse en la carga hipotecaria si querían escriturar las viviendas a su nombre, o bien a cancelar las hipotecas abonando el dinero que se debía. Y aunque las defensas de Antonio Martínez y Rafael Aguilera argumentaron en el juicio que no existía delito de estafa, ya que finalmente no se produjo perjuicio alguno para esos compradores porque las hipotecas fueron anuladas años después por el Juzgado de lo Mercantil, el tribunal rechaza tajantemente esa teoría: «El perjuicio es claro, grave y absoluto. El tema es incontestable».
Al margen de ello, los cierto es que la estrategia de ambos acusados consistió en echarse la culpa entre ellos para tratar de salir indemnes del juicio. Así, Antonio Martínez adujo que él era un mero empleado de Solera El Trampolín y que el administrador único de esa firma era Rafael Aguilera, mientras este adujo que, pese a tener asumida sobre el papel la responsabilidad de gestionar la promotora, el auténtico jefe y quien adoptaba todas las decisiones de trascendencia era 'El Melonero'.
Tampoco estas explicaciones contrapuestas han acabado sirviendo a ninguno de los encausados para escapar de su responsabilidad, pues el tribunal destaca que son muchos los datos y los testimonios ofrecidos en el juicio que demuestran que ambos tomaron, conjunta y conscientemente, la decisión de hipotecar unas viviendas sobre las que no tenían derecho alguno.
«Ambos deben responder por igual -afirma la Audiencia Provincial en su sentencia- pues los dos tuvieron el pleno dominio de hecho de todo lo sucedido y, en particular, de las maniobras fraudulentas que, finalmente, acabaron llevando a cabo en su propio beneficio sobre las viviendas de determinados ciudadanos extranjeros (ingleses), cuando ya se las habían vendido inicialmente libres de cargas, les habían entregado la posesión y las llaves de las mismas a muchos de ellos, y acabaron imponiéndoles, en cambio, unos gravámenes posteriores para los que ni estaban autorizados ni tenían capacidad legal para ello, con grave perjuicio económico para todos los afectados. Estamos ante un supuesto claro de autoría conjunta en el que el papel de ambos acusados fue, de cara a la consumación delictiva, relevante por igual.»
Estas consideraciones del tribunal coinciden plenamente con la posición mantenida por el Ministerio Público y con la acusación particular del proceso, que ha sido ejercida por el abogado Miguel Zumaquero en nombre de varias de las víctimas de la estafa.
La única circunstancia que ha servido para reducir un poco las penas de prisión que se les han impuesto es que los magistrados han estimado que se produjeron dilaciones indebidas en la instrucción de este procedimiento, que se ha prolongado durante once años. Teniendo en cuenta este hecho, las condenas se han fijado en cinco años de cárcel para Antonio Martínez y cuatro años para Rafael Aguilera.
La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
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