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La Audiencia impide el cambio de residencia de una niña para evitar la ablación del clítoris

El tribunal considera que existe riesgo de que la menor sea sometida a esta práctica si se traslada a París con su progenitora

EFE

MURCIA

Sábado, 5 de mayo 2018, 02:43

El auto que denegó el cambio de residencia de una niña, solicitado por su madre, ante el temor de que la misma pueda ser sometida a la ablación de clítoris, como ha ocurrido con sus hermanas mayores, acaba de ser confirmado por la Audiencia Provincial.

El juzgado al que correspondió la demanda de esta mujer, natural de un país africano, desestimó la solicitud al considerar que, de acceder a lo pedido, se generaría un riesgo inminente y grave para la niña, que no ha cumplido aún los diez años. Para llegar a esa conclusión tuvo en cuenta que sus hermanas, de edades comprendidas entre 16 y 22 años, habían sido víctimas de esa mutilación genital femenina. También se basó en los informes técnicos de los Servicios Sociales del ayuntamiento del municipio donde reside la familia, que aconsejaban denegar la autorización solicitada.

Mediante el recurso, la madre señaló que el auto apelado infringía y vulneraba «el legítimo ejercicio de la patria potestad, así como el derecho constitucional a la libertad de circulación y de movimiento». Por ello, reiteró su petición, que tenía como objetivo que se permitiera que la hija pudiera cambiar la residencia, para pasar a vivir en París (Francia). El tribunal de la Audiencia de Murcia, que tiene como ponente al magistrado Juan Antonio Jover, señala que el ministerio fiscal, que tiene encomendada la protección de los menores, se opuso a la estimación del recurso y solicitó la confirmación del auto apelado.

Dice la Sala que en este pleito se plantea un conflicto entre el derecho a la libertad de circulación y residencia y el derecho a la vida y a la integridad física y moral. Añade que «es indiscutible que ha de prevalecer el interés del menor y el deber de los padres de ejercer la patria potestad en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad y con pleno respeto a su integridad física».

El tribunal se refiere también en su resolución al informe de los Servicios Sociales, en el que se indicaba que se había practicado la ablación del clítoris de las otras hijas.

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