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En solo dos semanas, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha visto cuestionado su criterio jurídico sobre la gestión de la ... costa por parte de dos de altas instituciones, con un impacto directo sobre los 170 kilómetros de litoral en la Región de Murcia. El último varapalo tiene, además, efectos legales inmediatos. Al dictamen del Consejo de Estado sobre el reglamento de la ley de personalidad jurídica del Mar Menor, que recomienda modificar dicha ley, de 2022, para definir «qué clase» de entidad jurídica es la laguna, se le ha sumado una sentencia del Tribunal Supremo que anula el Reglamento General de Costas, de ese mismo año.
El fallo del Supremo deja sin efecto el real decreto de modificación del reglamento de la ley de Costas y devuelve su vigencia al reglamento que impulsó en octubre de 2014 el Gobierno de Mariano Rajoy, del PP, a propuesta de la entonces ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Isabel García Tejerina.
La resolución del Supremo se basa en que el Gobierno de Pedro Sánchez prescindió del trámite de consulta pública de su proyecto de reglamento. Ahora, el Ministerio, a través de las demarcaciones de Costas, entre ellas la de la Región de Murcia, se verá abocado a revisar el posible efecto de la sentencia en cada expediente de ordenación y recuperación del dominio público marítimo-terrestre, según fuentes jurídicas. Los deslindes aprobados con los criterios del reglamento anulado tendrán que ser revisados, y con ello, todas las edificaciones afectadas: casas, hoteles, restaurantes y paseos marítimos. El cambio del reglamento también podría variar los nuevos deslindes planificados y pendientes de tramitar.
El texto derogado introducía novedades en las normas de elaboración de los deslindes de los bienes de titularidad estatal. Favoreció este trámite, al introducir como factor relevante los riesgos derivados del cambio climático, como el aumento del nivel del mar y el impacto del oleaje en los temporales. El texto restringió la concesión de posibles prórrogas para la ocupación de la primera línea de playa con viviendas y otras construcciones, al fijar la duración máxima de esos permisos en 75 años a contar desde la entrada en vigor de la ley de Costas, de 1988, y no desde la solicitud de una prolongación después. Asimismo, las condiciones de autorización de chiringuitos fueron endurecidas.
En todo caso, fuentes jurídicas y de la Administración consultadas por LA VERDAD se inclinaron este viernes por indicar que la anulación del reglamento de Ribera tendrá un impacto «limitado» en la Región. Argumentaron que la mayoría de los deslindes son anteriores al año 2010, que los expedientes en tramitación no están determinados solo por las disposiciones que introdujo la normativa derogada y que no existe una problemática con los chiringuitos. Apenas ha habido solicitudes desde los ayuntamientos para ampliar este tipo de instalaciones.
En la Comunidad, apuntaron, las playas no tienen la misma amplitud que en otras zonas de España y no hay establecimientos de este tipo con más de una planta ni con sótano, dos características vetadas en la reforma de 2022.
Las fuentes consultadas hicieron hincapié en abordar el nuevo escenario jurídico con cautela, porque hay que tener en cuenta otros dos factores clave para el resultado de cada expediente. Uno es que la ley de cambio climático, de rango superior al reglamento de la ley de Costas, limitó también la duración de los títulos de ocupación del dominio público y sus prórrogas; y otra, que en última instancia rige el criterio de los tribunales, que en el caso de la Audiencia Nacional y del Supremo han dictado sentencias que, según el caso, han avalado o rechazado los criterios del Ministerio para acometer deslindes, dar por agotadas concesiones y, en último término, derribar viviendas.
Como ejemplo, en las últimas dos décadas Costas ha logrado la demolición de distintas casas en la playa de la Isla de Mazarrón, si bien en este mismo municipio el dueño de una vivienda consiguió una prórroga de 60 años, añadida a los 75 previos. Entre las zonas donde Costas tiene en marcha expedientes de ordenación están Los Nietos, cuya rectificación del deslinde de 1985 publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE), y Castellar-Henares, en Puerto de Mazarrón. Y analiza, caso por caso, las concesiones en Puntas de Calnegre (Lorca), donde ya confirmó el deslinde.
El Ministerio también prevé actualizar el deslinde de la playa de Levante de Cabo de Palos, que pone el foco sobre 24 construcciones y ha levantado una especial polémica política. Y está ejecutando el Plan de Recuperación del Borde Litoral, que recoge 326 edificaciones situadas en el Mar Menor y La Manga, incluida la vertiente mediterránea. Y mientras Costas ha realizado ya demoliciones, propietarios de distintas localidades se han agrupado en la Federación de núcleos de Afectados por la Ley de Costas, que busca «evitar el derribo de 380 viviendas». La Federación forma parte del movimiento nacional Somos Mediterrania.
A propósito de los chiringuitos, destaca el hecho de que el recurso admitido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo fue interpuesto por la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera, en Baleares. El Supremo señala que no se podía omitir el trámite de información pública del reglamento, pues éste «en modo alguno tiene naturaleza organizativa o presupuestaria». Además, agrega, «en modo alguno cabría infravalorar, como se razona en la Memoria de Análisis del Impacto Normativo, los efectos de la reforma» de hace dos años.
El fallo recoge el voto particular de dos de los cinco magistrados, que ven desproporcionada la nulidad absoluta. Dicen que sí hubo participación ciudadana, aunque fuese en un momento posterior a elaborar el proyecto.
Fuentes del Ministerio señalaron que «en la tramitación de la modificación reglamentaria que ahora el Supremo anula se garantizó la total participación ciudadana». Y añadieron: «Hubo una amplísima participación pública, abierta a toda la ciudadanía y comunicada a todos los potenciales afectados, y se estudiaron y tuvieron en cuenta las numerosas aportaciones recibidas».
Sobre la ley de personalidad jurídica del Mar Menor, el Ministerio sigue estudiando la posible modificación del reglamento y la ley, antes de llevar aquél al Consejo de Ministros. Evalúa el aviso del Consejo sobre la falta de garantías jurídicas y la «anomalía» de vincular el Comité de Representantes con la Comisión Promotora de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP). Ésta precedió a la aprobación de esta norma con la recogida de 640.000 firmas.
Solo un día después de que el Tribunal Supremo difundiera su sentencia sobre el reglamento de la ley de Costas, el Ministerio para la Transición Ecológica publicó este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar sobre el «procedimiento de rectificación del deslinde» de la playa de Los Nietos, aprobado en 1985. El expediente abarca el tramo de 2.089 metros situado desde la margen derecha de la Rambla de Ponce hasta la Punta de la Lengua de la Vaca, en el municipio de Cartagena.
Como adelantó LA VERDAD en diciembre, el procedimiento afecta a unas 80 viviendas, entre la playa y el paseo marítimo. El dominio público abarca la servidumbre de protección, es decir el espacio de seis metros a contar desde el límite interior de la ribera del mar, tierra adentro; y la servidumbre de protección, 20 metros tierra adentro desde el límite interior de la ribera.
En 1986, el Gobierno central construyó un paseo marítimo en este poblado del Mar Menor, en terrenos que según el Ministerio estaban calificados como suelo urbano «a la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988».
Para actualizar el deslinde, el Gobierno central ha considerado el efecto del cambio climático sobre suelos «cuya inundación por efecto de las mareas o del oleaje haya sido impedida por medios artificiales, tales como muros, terraplenes, compuertas u otros sistemas semejantes». Y cita fotografías sobre momentos en que los temporales alcanzaron y rebasaron el límite exterior del paseo marítimo, entre los años 2009 y 2020.
El texto recibió medio centenar de alegaciones, entre ellas las de propietarios de inmuebles, la Asociación de Vecinos de Los Nietos y la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas. El Ministerio las ha desestimado. Entre otras cosas, defiende que sí está justificado incluir las viviendas, en su mayor parte de forma parcial (como terrazas y muros), «para la protección y utilización del dominio público marítimo-terrestre». Entre la normativa que cita Costas está el reglamento derogado ahora por el Supremo. Por el momento, se desconoce el impacto que ello puede tener en el expediente.
Los particulares, que temen derribos, disponen de un mes para presentar un recurso de reposición ante el Ministerio y, al igual que las administraciones públicas, tienen dos meses para recurrir directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
«Hace unos años, ya avisamos desde el Senado a la ministra de Transición Ecológica de que el texto del reglamento era una auténtica aberración jurídica, de que se había elaborado a las espaldas de los ciudadanos y de que tenía miles de alegaciones en contra», dijo ayer el senador murciano del PP Francisco Bernabé a LA VERDAD. Celebró la vuelta al reglamento de Rajoy. Y dijo que se «abre una ventana de esperanza para todos los titulares de negocios de playa, de esos chiringuitos que tanto aportan al turismo, y supone un respiro temporal para los miles de propietarios de viviendas afectadas por órdenes de demolición por deslindes hechos por el Gobierno socialista con base en el reglamento ahora derogado». El PP exige «una solución definitiva» que evite las demoliciones. SomosMediterrania lamentó que Ribera cambió «la definición de dominio público marítimo-terrestre» y pidió al Ministerio y a las Cortes «la urgente modificación de la ley de Costas» para salvar las construcciones.
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Fernando López Hernández
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