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Archivan la acusación de tráfico de drogas a un hombre que llevaba 7 gramos de cocaína y 4 de hachís en Alcantarilla

Archivan la acusación de tráfico de drogas a un hombre que llevaba 7 gramos de cocaína y 4 de hachís en Alcantarilla

La Policía Nacional lo detuvo cuando se encontraba consumiendo drogas en el interior de un cuarto de baño de un salón de juegos y alegó que los estupefacientes eran para consumo propio

Jueves, 21 de septiembre 2023, 11:20

El juzgado de Instrucción número 8 de Murcia archivó la causa a principios de este mes de septiembre contra un hombre que estaba investigado de cometer un delito contra la salud pública por supuesto tráfico de drogas.

La Fiscal solicitó el sobreseimiento provisional de las diligencias, al no apreciar la existencia de indicios sólidos y racionales de la comisión de un delito de tráfico de drogas por parte del investigado.

Los hechos se produjeron el 3 de octubre del año pasado, cuando a las 1.30 horas el acusado fue detenido por la Policía Nacional cuando se encontraba en el interior del baño de un salón de juegos de Alcantarilla. El arrestado se encontraba consumiendo sustancia estupefaciente junto con dos amigos y en el cacheo realizado se le intervinieron 240 euros -4 billetes de 50, un billete de 20 euros, uno de 10 euros y dos de 5); 7,18 gramos de cocaína distribuidos en 20 papelinas y 4,09 gramos de hachís.

La Fiscalía detalla que la investigación practicada evidenció que el imputado es consumidor de estas sustancias, y que dio positivo en cocaína y hachís en el análisis forense de cabello y orina. Paralelamente, fueron citados a declarar los dos testigos que se encontraban en el interior del baño con el investigado, avalando ambos la versión su versión de que la sustancia estupefaciente se adquirió entre todos para su consumo compartido.

«Conforme a los hechos expuestos, el Ministerio Fiscal entiende que no quedó debidamente acreditada la comisión de un delito contra la salud pública, habida cuenta que, de las circunstancias del propio consumo, de las declaraciones prestadas por el mismo y por los demás testigos, y de la cantidad de droga intervenida, no se deducen indicios suficientes, sólidos y plurales para presumir la existencia de posesión con vocación al tráfico», expone en su escrito.

«No se ha demostrado que la droga estuviera destinada al tráfico»

El abogado penalista que ejerció la defensa del acusado, Jorge Novella, solicitó el archivo y sobreseimiento de la causa, alegando que no había pruebas suficientes para acusar a su cliente por un delito contra la salud pública, ya que la cantidad de droga incautada era para consumo propio habida cuenta que se demostró que era consumidor habitual de ambas sustancias.

«El hecho de incautar droga a una persona no quiere decir que exista un delito contra la salud pública. Tiene que haber indicios de que esa sustancia confiscada está destinada al tráfico, algo que en el caso de mi cliente no se ha demostrado», recuerda el letrado Novella.

En este sentido, la doctrina del Tribunal Supremo expone que el consumo de la misma debe llevarse a cabo «en un lugar cerrado»; deberá circunscribirse el acto a un grupo reducido, y se limita el consumo a 100 gramos de hachís y a 7,5 de cocaína por persona. El acusado llevaba en ese momento algo más de 4 gramos de cannabis y 7,18 de 'coca'. Por todo ello, al no haber indicios de que la sustancia incautada estuviera destinada al tráfico, el juzgado archivó esta causa.

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